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Contrato: 17123286

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 20-240-133579 expedida el 27/11/2020, al señor (a) AGROPECUARIA HAMBURGO LTDA, el día de 21/12/2020, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir 22/12/2020, y será desfijado el día 29/12/2020, a las 4:30 p.m., así:

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Señor(a): AGROPECUARIA HAMBURGO LTDA

CARRERA 1 NO. 22 -58 OFICINA 504

SANTA MARTA

 

ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 20-240-133579 expedida el 27/11/2020, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la a la petición presentada ante la empresa.

La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, contra la cual procede el recurso de reposición ante GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., y en subsidio el de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de su notificación.

Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.

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Rad No.: 20-240-133579

Barranquilla, 27/11/2020

 

Señor(a)

KELLY MEDINA

AGROPECUARIA HAMBURGO LTDA

Vía a Riohacha Stor Puerto Nuevo

Guachaca – Magdalena

Carrera 1 No 22 – 58  Oficina 504

Santa Marta – Magdalena

 

                                                                                 Contrato: 17123286

Asunto: Verificación de Facturación

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 06 de noviembre de 2020, radicado bajo el No. 20-014655, referente al servicio de gas natural del predio ubicado en la VIA A RIOHACHA STOR PTO NUEVO en Guachaca – Magdalena, nos permitimos hacerle los siguientes comentarios:

Es importante indicar que, para determinar la cantidad de gas que se le entrega a este servicio, se deben tener en cuenta las condiciones de presión y temperatura con las que se mide el gas natural del cliente en el punto de entrega, y el volumen registrado por el medidor debe ser ajustado utilizando el factor de corrección.

Este factor de corrección, se encuentra regulado a través del Artículo 1 de la Resolución CREG 033 de 2015, que establece que los Distribuidores de Gas Natural Combustibles por redes, deberán facturar el consumo de gas en volumen, el cual debe expresarse en metros cúbicos a temperatura de 15,56˚C (60˚F), y una presión atmosférica de 1,01008 bar (14,65 psi).

Con ocasión a su solicitud, el día 11 de noviembre de 2020 GASCARIBE S.A. E.S.P., envió una de sus  firmas contratistas con la finalidad de realizar visita técnica mediante la cual se pudo evidenciar que medidor No 12761603-V se encuentra despejado y en buen estado, registra una lectura de 34.334 m3, sellos en buen estado. Usuario, quien atendió la visita indica que, ha instalado un motor para riego el cual no están utilizando por las lluvias que se presentan en el sector.

De acuerdo el resultado de la visita y en atención a que en la facturación del  mes de octubre de 2020,  se cobró por error de lectura el consumo de 3.218 metros cúbicos, se realizó ajuste de facturación y se descontó de la facturación del mes de octubre 2.855 metros cúbicos.

Por lo anterior, GASCARIBE S.A. E.S.P., confirma, los ajustes de consumo sobre la facturación del mes de octubre de 2020, al descontar 2.855 metros cúbicos correspondientes a la facturación del mes de octubre de 2020 por valor de $5.440.434,00.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de Atención al Usuario ubicadas en la carrera 54 N° 59-144 de Barranquilla, y durante la Emergencia Sanitaria, a través de líneas telefónicas 164 o la línea gratuita nacional 018000915334, y a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.  Los cuales podrán presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atencion a Usuarios.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

VALMER /73

155861897

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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