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Contrato: -1

 

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.

 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No 19-240-103745 expedida el 15/02/2019, al señor (a) OSMAN  ALFONSO GONZALEZ MENDOZA, el día de hoy 07 de marzo de 2019  y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir 14 de marzo de 2019, y será desfijado el día 15 de marzo de 2019, a las 4:30 p.m., así:

 

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Señor(a):

OSMAN  ALFONSO GONZALEZ MENDOZA

KR 5 # 2 – 31 CORREGIMIENDO CUATRO BOCAS

TUBARA

 

 

ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO

 

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 19-240-103745 expedida el 15/02/2019, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la a la petición presentada ante la empresa.

 

La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, contra la cual procede el recurso de reposición ante GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., y en subsidio el de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de su notificación.

 

Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.

 

 

 

 

Rad No.:  19-240-103745

 

Barranquilla, 15/02/2019

 

Señor(a)

OSMAN ALFONSO GONZALEZ MENDOZA

CARRERA 5 N° 2 – 31 CORREGIMIENTO CUTRO BOCAS

osmangm2006@yahoo.es

TUBARA

 

Asunto: Solicitud de alargue de redes e instalación del servicio de gas natural.

 

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 31 de enero de 2019, radicada bajo No. TU- 19-000006, mediante la cual solicita la instalación del servicio de gas natural para los inmuebles ubicados en la Carrera 5 con Calle 2, en el municipio de Tubará, nos permitimos comunicarle que, este sector no cuenta actualmente con la infraestructura requerida. Por esta razón, la extensión de las redes del servicio público de gas natural domiciliario se encuentra programada para realizarse dentro de lo que la regulación ha determinado como un período de corto plazo[1].

 

Es importante resaltar que, durante el transcurso del plazo señalado en el párrafo anterior, el sector debe contar con estratificación socioeconómica, las viviendas deberán tener su nomenclatura colocada en las placas de identificación, así mismo, las esquinas deben contar con las placas orientativas, y las calles y carreras delimitadas con sus líneas de bordillo.

 

El cumplimiento de estos requisitos, permitirá que la empresa pueda incluir su solicitud dentro del plan de expansión de redes del servicio de gas natural. Tenga la certeza que GASCARIBE S.A. E.S.P., realizará todo el esfuerzo técnico y financiero que se encuentre a su alcance para llegar con sus redes en el menor tiempo posible una vez cumplido con los requisitos arriba mencionados.

 

Ahora bien, referente al predio ubicado en la carrera 5 N° 2-31 de Tubara, le informamos que, en próximos días uno de nuestros asesores de ventas, le estará haciendo entrega de la cotización de los trabajos necesarios para la instalación del servicio de gas natural en el inmueble en mención.

 

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de Atención al Usuario ubicadas en la calle 7 No. 3-28 de Tubara.

Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, referente a la solicitud de red para los predios ubicados en la Carrera 5: N° 2-15 Apartamento 1; N° 2-15 Apartamento 2; N° 1-55 y N° 1-07; todas del municipio de Tubara.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

 

[1] PROCEDIMIENTOS PARA EL PLANEAMIENTO DE LA EXPANSIÓN. Proyecciones de demanda. El distribuidor deberá elaborar proyecciones de demanda para cada horizonte de planeación, incluyendo los consumos picos estimados, con el fin de definir la capacidad máxima a ser demandada anualmente en su sistema. En general, los horizontes de planeación se definen de la siguiente forma: Corto Plazo: Período de hasta dos años, de carácter operativo, durante el cual el distribuidor estima los volúmenes de gas distribuidos por su sistema y realiza el análisis de alternativas de expansión.

 

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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