El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-103117 expedida el 07/02/2022, dirigido al (la) señor(a) YAMILE BLANCO DIAZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 24/02/2022, y será desfijado el día 03/03/2022, a las 4:30 p.m., así:
Rad No.: 22-240-103117
Barranquilla, 07/02/2022
Señor(a)
YAMILE BLANCO DIAZ
Calle 14 entre carrera 5 y 6 No. 5 – 29
Taganga
Asunto: Solicitud de instalación del servicio de gas natural.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 01 de febrero de 2022, radicada bajo No. 22-000666, mediante la cual solicita la instalación del servicio para el inmueble ubicado en la calle 45 No. 5 – 145 de Taganga, nos permitimos comunicarle que este sector no cuenta actualmente con la infraestructura requerida. Por esta razón, la extensión de las redes del servicio público de gas natural domiciliario se encuentra programada para realizarse dentro de lo que la regulación ha determinado como un período de largo plazo[1].
Es importante resaltar que, durante el transcurso del plazo señalado en el párrafo anterior, el sector debe contar con estratificación socioeconómica, las viviendas deberán tener su nomenclatura colocada en las placas de identificación, así mismo, las esquinas deben contar con las placas orientativas, y las calles y carreras delimitadas con sus líneas de bordillo.
El cumplimiento de estos requisitos permitirá que la empresa pueda incluir su solicitud dentro del plan de expansión de redes del servicio de gas natural. Tenga la certeza que GASCARIBE S.A. E.S.P., realizará todo el esfuerzo técnico y financiero que se encuentre a su alcance para llegar con sus redes en el menor tiempo posible una vez cumplido con los requisitos arriba mencionados.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB020 M.A.A/73
182875211