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Contrato: -1
El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No 18-240-120904 expedida el 12/09/2018, al señor (a) CARMEN CECILIA MENDOZA LONDONO, el día de hoy 28/09/2018 y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir 05/10/2018, y será desfijado el día 08/10/2018, a las 4:30 p.m., así:
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Señor(a):
CARMEN CECILIA MENDOZA LONDONO
CL 12B # 7 – 71 BARRIO LA PLAYA SECTOR EDUARDO SANTOS
BARRANQUILLA
ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 18-240-120904 expedida el 12/09/2018, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la petición presentada ante la empresa.
La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, y contra el mismo no procede recurso alguno.
Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.
Rad No.: 18-240-120904
Barranquilla, 12/09/2018
Señor(a)
CARMEN CECILIA MENDOZA LONDONO
Calle 12B Nº 7 – 71 BARRIO LA PLAYA SECTOR EDUARDO SANTOS
Barranquilla – Atlántico
Asunto: Solicitud de Servicio.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 07 de septiembre de 2018, radicada bajo No. 18-017373, referente a la solicitud de servicio de gas natural para las viviendas relacionadas en su escrito, las cuales se encuentran ubicadas en el Sector Eduardo Santos del Barrio La Playa en la ciudad de Barranquilla, nos permitimos informarle que, para poder estudiar dicha solicitud se hace necesario que nos suministre el certificado de estrato y de nomenclatura de cada uno de los predios solicitantes, expedidos por la autoridad competente.
Adicional a ello, se requiere que nos anexe un certificado donde conste que las citadas viviendas no se encuentran construidas en zona de protección y/o expansión.
Es importante resaltar que, el sector debe contar con estratificación socio-económica, las viviendas deberán tener su nomenclatura colocada en las placas de identificación. Así mismo, las esquinas deben contar con las placas orientativas, y las calles y carreras delimitadas con sus líneas de bordillo.
Una vez reúna los requisitos indicados, le sugerimos adjuntar el documento a una nueva solicitud, con el fin de realizar el estudio correspondiente para la prestación del servicio en los inmuebles en comento.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de Atención al Usuario ubicadas en la Carrera 54 Nº 59 – 144 en Barranquilla.
Atentamente,
CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
DIAFOR /73
83417260