El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-122504 expedida el 11/07/2022, dirigido al (la) señor(a) CECILIA ROSA CASTRO / ALCALDIA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 25/07/2022 y será desfijado el día 01/08/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-122504
Barranquilla, 11/07/2022
Señor(a)
CECILIA ROSA CASTRO
Jefe Oficina Asesora de Planeación
Alcaldía de Valledupar
Diagonal 10 Carrera 42 Comuna 5
Valledupar
Asunto: Factibilidad Servicio de Gas Natural
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 29 de junio de 2022, radicada bajo el No. 22-003020, nos permitimos confirmar la factibilidad de capacidad para la entrega del servicio de gas natural al predio SENA ETNICO ubicado en Diagonal 10 con Carrera 42 de Valledupar, bajo las condiciones operacionales indicadas en su comunicación.
La vigencia de la presente factibilidad es de noventa (90) días calendarios, contados a partir de la fecha de expedición de esta comunicación, tiempo en el cual deberá ser confirmada su utilización. Una vez vencido este plazo, deberá solicitar una nueva factibilidad.
Confirmada la utilización de la presente factibilidad, se deberá presentar dentro de los 30 días siguientes toda la información técnica (diseño, planos, entre otras) solicitada por GASCARIBE S.A. E.S.P., para la cotización de la conexión del proyecto a las redes de distribución de gas natural. El incumplimiento de este requisito dará lugar al vencimiento de la factibilidad, sin perjuicio de solicitar una nueva factibilidad la cual será evaluada por la empresa con base en las condiciones vigentes.
El tiempo de ejecución de las obras estará sujeto a la adquisición de los permisos para trabajar en zonas públicas y/o concesiones viales, los cuales son necesarios para la construcción de las redes de distribución de gas natural que alimentarán al proyecto.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS011/73
188151839