*****************************************************************************

Contrato: 1061842

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No 19-240-104363 expedida el 22/02/2019, al señor (a)  YOLIMA JHOANA MURGAS GUZMAN, el día de 12/03/2019, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir 19/03/2019, y será desfijado el día 20/03/2019, a las 4:30 p.m., así:

*****************************************************************************

Señor(a):

YOLIMA JHOANA MURGAS GUZMAN

KR 42 # 80B – 114 BARRIO CIUDAD JARDIN

BARRANQUILLA

ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 19-240-104363 expedida el 22/02/2019, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la a la petición presentada ante la empresa.

La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, contra la cual procede el recurso de reposición ante GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., y en subsidio el de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de su notificación.

Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.

***************************************************************

Rad No.: 19-240-104363

Barranquilla, 22/02/2019

Señor(a)

YOLIMA JHOANA MURGAS GUZMAN

Carrera 42 No. 80B – 114

Barranquilla

Contrato: 1061842

Asunto: Verificación de Consumo.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 7 de febrero de 2019, radicada bajo No. 19-002958, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en Carrera 42 No. 80B – 114 de Barranquilla, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:

Referente al consumo del mes de febrero de 2019 no es posible para GASCARIBE S.A. E.S.P., analizar el mencionado periodo ya que al momento de su reclamación no había sido generada la facturación, por lo cual usted no tenía conocimiento de dicha factura.

Con ocasión a su reclamación, revisamos nuestra base de datos y constatamos que, los consumos de los meses de diciembre de 2018 y enero de 2019, corresponden estrictamente a la diferencia de lectura registrada por el medidor No. L-80762, tal como lo establece la Ley 142 de 1994 en su artículo 146[1], y como detallamos a continuación:

periodo Lectura actual lectura anterior x Factor de corrección = Consumo mes (m3)
DIC-18   2598   2553   0.9936   45
ENE-19   2638   2598   0.9965   40

No obstante, con ocasión a su reclamación, el día 8 de febrero de 2019, enviamos al inmueble en mención, a uno de nuestros funcionarios, quien efectuó una visita técnica, mediante la cual verificó que el centro de medición se encontraba en buen estado y registrando una lectura de 2673 metros cúbicos, la cual se encuentra acorde y consecuente con la anotada en el servicio.

De acuerdo con lo anterior, determinamos que, los consumos de los meses de diciembre de 2018 y enero de 2019, corresponden al uso que le está dando el usuario al servicio de gas natural.

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P., confirma los valores cobrados por concepto de consumo en dichas facturas.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de Atención al Usuario ubicadas en la Carrera 54 No. 59 – 144 De Barranquilla.

Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Referente al consumo de los meses de diciembre de 2018 y enero de 2019 al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB013 /73

96879554

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

linea de atención
Paga con P S E