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Contrato: 1185530
El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No 19-240-106854 expedida el 22/03/2019, al señor (a) OLGA CECILIA OÑORO LALINDE, el día de 08/04/2019, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir 15/04/2019, y será desfijado el día 16/04/2019, a las 4:30 p.m., así:
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Señor(a):
OLGA CECILIA OÑORO LALINDE
CL 84B # 40A – 33 APTO 101
BARRANQUILLA
ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 19-240-106854 expedida el 22/03/2019, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la a la petición presentada ante la empresa.
La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, contra la cual procede el recurso de reposición ante GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., y en subsidio el de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de su notificación.
Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.
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Rad No.: 19-240-106854
Barranquilla, 22/03/2019
Señor(a)
OLGA CECILIA ONORO LALINDE
Calle 84B No. 40A – 33 APTO 101
Barranquilla
Contrato: 1185530
Asunto: verificación de facturación.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 7 de marzo de 2019, radicada bajo el No. 19-004821, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 84B No. 40A – 33 APTO 1ª de Barranquilla, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Con ocasión a su solicitud, el día 8 de enero de 2019, uno de los funcionarios del organismo de inspección acreditado ante la ONAC e inscrito y contratado por GASCARIBE S.A E.S.P., realizó la revisión periódica[1] de instalaciones internas del servicio de gas natural, mediante la cual, se pudo constatar que, la instalación interna del citado servicio, cumple con las normas técnicas de seguridad vigente, motivo por el cual se le entregó el certificado de conformidad de las instalaciones.
Cabe señalar que, la citada revisión periódica tuvo un costo total $95.943.oo (IVA incluido), el cual, fue financiado automáticamente para cancelarse a un plazo de 48 cuotas, a través de los siguientes conceptos:
Concepto | Valor Total |
REVISION PERIODICA RES 059 | $80.624.oo |
FINANCIACION GRAVADA BIENES Y SERVICIOS | $15.319.oo |
Total | $95.943.oo |
No obstante lo anterior, el día 21 de enero de 2019 la señora OLGA ONORO LALINDE se comunicó por nuestra línea de atención al usuario solicitando reubicación del centro de medición, por lo cual, se realizaron los trabajos los cuales son los que se le están facturando en el citado servicio por valor de $271.902.oo, bajo los conceptos de (1) MODIFICACION DE RED INTERNA Y (2) MODIFICACIONES CENTRO DE MEDICION, que corresponden a las reparaciones efectuadas, como detallamos a continuación:
CONCEPTO | ACTIVIDAD/REPARACION | FECHA | VALOR | SALDO |
MODIFICACION DE RED INETRNA | se cambió elevador por fuga. se cambió regulador por fuga en venteo y se hizo gancho de cobre. | 22 de enero 2019 | $155.773.oo | $153,766,oo |
MODIFICACION CENTRO DE MEDICION | se hizo alargue de acometida para reubicar centro de medición. | $71.309.oo | $70.390.oo | |
MODIFICACION CENTRO DE MEDICION | se hizo alargue interna para reubicarlo en 3.5 metros de P a P | $48.369.oo | $47.746.oo |
Como constancia, anexamos copia del acta de visita técnica diligenciada al momento de hacer las reparaciones (ver anexo).
Es importante señalar que, el costo de las citadas reparaciones, fueron financiados para cancelarse a un plazo 48 cuotas, través de la facturación del servicio de gas natural.
Con ocasión a su solicitud, no es posible para GASCARIBE S.A. E.S.P., acceder a su petición, de devolución del equipo de medición teniendo en cuenta que, los equipos son cambiados por reportar fuga, así mismo trascurrió un mes de las reparaciones efectuadas por parte de una de nuestras firmas contratista, como consta el documento anexo.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de Atención al Usuario ubicadas en la Carrera 54 No. 59 – 144 de Barranquilla.
Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 155 de la Ley 142 de 1994.
Atentamente,
CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB013 /73
99084320
Anexo folio (1)