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Contrato: 14201840

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-134860 expedido el 8/23/2021, dirigido al (la) señor(a) PAWEL ALFONSO  PEREZ MEJIA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 10 de septiembre de 2021y será desfijado el día |16/09/2021, a las 4:30 p.m., así:

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Rad No.:  21-240-134860

Barranquilla, 23/08/2021

Señor(a)

PAWEL ALFONSO PEREZ MEJIA

Calle 9B No. 7 – 73

Valledupar

                                                                                                          Contrato: 14201840

Asunto: Verificación de consumo

En respuesta a sus comunicaciones recibida en nuestras oficinas el día 09 de agosto de 2021, radicadas bajo los Nos. 21-003277 y 176357244, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la calle 9B No. 7 – 73 de Valledupar, nos permitimos realizar los siguientes respetuosos comentarios:

Inmueble desocupado

Le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., no cobrará consumo de gas natural en el inmueble en comento, mientras el medidor no lo registre. Si de un período a otro hay diferencia de lecturas, la empresa le cobrará lo correspondiente a esa diferencia.

Mensualmente se facturará lo correspondiente al factor de contribución y la tarifa del cargo fijo, según lo previsto en los artículos 89 y 90 de la Ley 142 de 1994.

Cambio de nombre del suscriptor

Que no es procedente para GASCARIBE S.A. E.S.P., realizar el cambio de nombre, en la facturación del servicio de gas natural del inmueble antes señalado, toda vez que, el certificado de tradición aportado por usted tiene más de 30 días de haber sido expedido y no aporta fotocopia de la cédula de ciudadanía de la persona natural que adquirirá la calidad de suscriptor.

De acuerdo con lo anterior, le indicamos que es necesario nos envíe el certificado de tradición vigente, (que no tenga más de 30 días de haber sido expedido) para confirmar que la solicitud está siendo realizada por el propietario del predio, y es necesario nos envíe Fotocopia de la cédula de ciudadanía de la persona natural que adquirirá la calidad de suscriptor.

Es importante mencionarle que, una vez nos aporte los documentos señalados, realizaremos el cambio de titular, según corresponda.

Centro de medición

En ocasión a lo informado su comunicación, acerca del hurto del medidor, con el fin de tomar las medidas pertinentes en el inmueble en comento, el día 10 de agosto de 2021, enviamos a uno de nuestros funcionarios el cual, observo que, el inmueble se encuentra desocupado, no se encuentra medidor instalado, el elevador y la rejilla tienen la válvula trocada.

En cuanto a la revisión técnica para dar solución a su reclamación, le informamos que, una de las obligaciones de los usuarios del servicio es permitir la revisión técnica de los equipos de medición, y la lectura periódica de los consumos; y destinar un lugar de fácil acceso al medidor para que el personal autorizado por GASCARIBE S.A. E.S.P., pueda realizar dichas labores, entre otras actividades; además que para el caso de la revisión técnica por reclamación, se realizó con ocasión a solicitud del mismo usuario, quien debe estar atento a la ejecución de la misma.

Al respecto el Contrato de Condiciones Uniformes que regula las relaciones entre los usuarios y la empresa, artículo 28 señala: 28.- OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR, PROPIETARIO, USUARIO, POSEEDOR Y/O TENEDOR… 7. Permitir la revisión de los equipos de medida y reguladores, y la lectura periódica de los consumos, y destinar para la instalación de los medidores, sitios de fácil acceso para los funcionarios y/o personal debidamente autorizado por LA EMPRESA, conforme con las normas técnicas.

Así las cosas, le sugerimos programar una nueva visita a través de la línea telefónica (5)3227000, y estar atento a la llegada de nuestros técnicos.

Factura de julio de 2021

Verificada la facturación No. 2085893301, se determinó que, debido a un error en la toma de la lectura registrada por el medidor, en el mes de julio de 2021 correspondiente al periodo comprendido del 16 de junio de 2021 hasta 15 de julio de 2021, de los 14 metros cúbicos cobrados, se facturaron 14 metros cúbicosde más, los cuales, no han sido registrados por el medidor tal como se pudo constatar en visita realizada el día 10 de agosto de 2021.

Por ello, se descontó en la facturación del servicio, el valor de $28.742.oo, por concepto de consumo correspondiente a los 14 metros cúbicos,cobrados de más en la facturación del mes de julio de 2021. Así mismo, se corrigió la lectura real del medidor No. F-3886821-2009, en nuestra base de datos.

Ofrecemos disculpas por los inconvenientes ocasionados y reiteramos nuestros deseos de brindar un buen servicio.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (5)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.  Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

Firma Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB020 M.A.A/73

176356970

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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