El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-113198 expedida el 27/04/2022, dirigido al (la) señor(a) TANIA MARIA CAMACHO MALDONADO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 13/05/2022 y será desfijado el día 20/05/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-113198

Barranquilla, 27/04/2022  

Señor(a)

TANIA MARIA CAMACHO MALDONADO

Trasversal 8 No. 2C – 128

Valledupar

                                                                                        Contrato: 14202849

Asunto: Solicitud de Información del Seguro.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 19 de abril de 2022, radicada bajo el No. 22-001853, relativo al Seguro facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Trasversal 8 No. 2C – 128 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:

Referente al seguro objeto de estudio, le informamos que, desde el mes de abril de 2008, GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., brindó la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de un seguro a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas.

Es importante señalar que, en la fecha anteriormente indicada, la facturación del servicio de gas natural se expedía con dos diferentes desprendibles, uno que contenía todos los valores relacionados con el servicio público de gas natural y un segundo desprendible que incluía, además del valor del servicio del gas, el valor adicional del seguro.

Para la adquisición del Seguro, no era necesaria la firma de un único asegurado, sólo se requería que el usuario cancelara el desprendible adicional que traía incluida la factura del servicio de gas natural en el año 2008, en el cual se incluía, además del pago del servicio de gas natural, el monto del seguro y así quedaban afiliados al momento de realizar el pago del desprendible en comento; situación que efectivamente se realizó por parte de quien canceló la factura del mes de diciembre del 2014. Es importante anotar que, la adquisición del seguro era totalmente voluntaria, brindándole la opción libre al usuario de elegir el cupón con el que cancelaria su factura.

Desde que se promovió la compra de seguros a través de nuestra facturación, se publicitaron en medios de comunicación masivos, las condiciones y requisitos para acceder al seguro y para poder quedar cobijado por el amparo del mismo, entre las últimas actualizaciones del seguro se establece que, tres personas mayores de 18 años de edad, habitantes del predio, que acrediten la calidad de propietarios, arrendatarios o poseedores del inmueble en el que está instalado el servicio de gas natural, se encuentran bajo la cobertura de la póliza en caso de presentar enfermedades graves, incapacidad total y permanente y/o fallecimiento. Lo anterior, de acuerdo con las cláusulas y condiciones del seguro.

De acuerdo con su petición, anexamos copia de la póliza (Ver anexo).

Teniendo en cuenta su solicitud, GASCARIBE S.A. E.S.P., anuló el seguro, motivo por el cual no se continuará cobrando dicho concepto. Así mismo, de acuerdo con los términos y condiciones del mismo, el propietario, arrendatario, poseedor o habitante del inmueble en el que se canceló la póliza, estuvieron asegurados hasta la última factura correspondiente al mes cancelado.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS018/73

185597295

Anexo lo enunciado

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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