El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-119628 expedida el 15/06/2022, dirigido al (la) señor(a) NUBIA ESTHER  TERAN ORTIZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 11/07/2022 y será desfijado el día 18/07/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-119628

Barranquilla, 15/06/2022  

Señor(a)

NUBIA ESTHER TERAN ORTIZ

nuteo2011@hot.com

nute2011@hotmail.com

Valledupar

                                                                                                           Contrato: 14208972

Asunto: Devolución de Dinero Cancelado por Crédito Brilla.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 3 de junio de 2022, radicada bajo el No. 22-002615, relativa al crédito facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 19 Diagonal 21 – 36 de Valledupar, le informamos los siguientes respetuosos comentarios:

Con ocasión a su comunicación revisamos nuestra base de datos y constatamos que el saldo a favor se generó por valor de $72.120.oo, correspondiente a un pago realizado con posterioridad al pago total del crédito PROMIGAS adquirido el día 1 de noviembre de 2011, y dicho pago fue efectuado el día 12 de diciembre de 2013.

De acuerdo con lo anterior para la devolución del mencionado saldo a favor, se hace necesario que nos aporte las facturas originales donde se evidencie los pagos realizados desde los meses de octubre y noviembre de 2013, junto con su soporte de pago efectuado el 12 de diciembre de 2013, lo anterior con el fin de verificar que fue usted la persona que realizó dichos pagos y que los dineros se están entregando a quien los canceló.

Ahora bien, en caso de pérdida de las facturas se hace necesario nos envié la denuncia por perdidas de los citados documentos.

Por lo anterior, es necesario aportar los citados documentos, los cuales son indispensables, para tramitar la devolución solicitada por usted.

Finalmente recordamos que, para la transferencia electrónica se hace necesario nos aporte copia de su cedula de ciudadanía y certificación bancaria actualizada para realizar la trasferencia.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS022/73

187205462

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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