El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-128489 expedida el 17/08/2022, dirigido al (la) señor(a) JUANA GUZMAN MERCADO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 31/08/2022 y será desfijado el día 7/09/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-128489
Barranquilla, 17/08/2022
Señor(a)
JUANA GUZMAN MERCADO
Calle 30 No. 23 – 51
Valledupar
Contrato: 14223292
Asunto: Terminación Contrato de Seguro.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 8 de agosto de 2022, radicada bajo los No. 22-003746, referente a la póliza del Seguro PROEXEQUIAL S.A.S., facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 30 No. 23 – 51 de Valledupar, le informamos que, GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.
Para la adquisición de dichos seguros, el usuario suministra sus datos, al asesor de la aseguradora, y firma voluntariamente la póliza para llevar a cabo el proceso de afiliación, por lo que se le da la opción libre y espontánea al usuario de adquirir dicho seguro.
Para el caso en mención, el arrendatario, fue la persona que voluntariamente adquirió el seguro en el servicio de gas natural del predio en comento.
No obstante, con ocasión de su petición, GASCARIBE S.A. E.S.P., anuló la póliza de seguro, motivo por el cual no se continuará cobrando dicho concepto a partir del mes de septiembre de 2022. De acuerdo con las cláusulas y condiciones del seguro, el señor arrendatario estuvo asegurado hasta el mes de mayo de 2022, correspondiente a la última factura cancelada del seguro.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS017/73
189715394