El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-143276 expedida el 03/11/2022, dirigido al (la) señor(a) ERNESTO CARLOS MARTINEZ MARTINEZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 28/11/2022 y será desfijado el día 5/12/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-143276

Barranquilla, 3/11/2022  

Señor(a)

ERNESTO CARLOS MARTINEZ MARTINEZ

manzana 23 casa 13Urbanización. Populandia

ernesto-martinez@hotmail.com

Valledupar

                                                                                        Contrato: 14228849

Asunto: Solicitud de Información del Crédito Brilla

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 13 de octubre de 2022, radicada bajo el No. 22-004995, relativa al del Crédito Brilla cobrado en la facturación del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Urbanización. Populandia manzana 23 casa 13 de Soledad – Atlántico, le informamos que, GASCARIBE S.A. E.S.P., no distribuye productos, sino que otorga créditos para la adquisición de productos; es decir, tiene un papel similar al que tiene una empresa que suministra tarjetas de crédito.

Según las condiciones generales del crédito, es el proveedor y/o la marca fabricante del artículo, quienes se harán responsables de atender los requerimientos correspondientes a garantía y estado de la mercancía, para lo cual usted debe remitirse directamente al proveedor o comunicarse con el Centro de Servicio de este, para solicitar cambio de los productos o la anulación de la compra. 

Le informamos que validando nuestro sistema comercial, constatamos que bajo el contrato en comento no hay crédito asignado reciente para la adquisición de una licencia de conducción, así mismo no se está realizando cobro alguno por dicho producto, por lo que nos permitimos desvirtuar lo manifestado por usted. Por todo lo anterior, no es factible para la empresa acceder a ninguna de sus pretensiones.

Cabe resaltar que, si el asesor le brindó un Boucher al momento de la visita el usuario puede verificar en el Boucher con que proveedor están realizando la compra antes mencionada, para que se comunique directamente con el proveedor.

Consideramos importante indicarle además que, La Empresa sólo suspende el servicio por el incumplimiento del pago de los valores correspondientes al servicio público de gas natural y no por las cuotas del Crédito Brilla.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS018/73

192311813

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

linea de atención
Paga con P S E