El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-143284 expedida el 20/10/2021, dirigido al (la) señor(a) ISIDRO PIZARRO GOMEZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 05/11/2021, y será desfijado el día 12/11/2021, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.: 21-240-143284

Barranquilla, 20/10/2021

Señor(a)

ISIDRO PIZARRO GOMEZ

Carrera 35A No. 7 – 37 Barrio Luis R Calvo

Santa Marta, Magdalena

                                                                                                          Contrato: 17103965

Asunto: Terminación contrato de Seguro – crédito Brilla

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 07 de octubre de 2021, radicada bajo el No. 21-005213, relativa al seguro de factura protegida-Crédito Brilla, cobrado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 35A No. 7 – 37 de Santa Marta, Magdalena, nos permitimos realizar los siguientes respetuosos comentarios:

Con ocasión a su solicitud, verificamos nuestra base de datos y constatamos que la póliza fue tomada en mayo de 2021, autorizando el cobro del seguro factura protegida al momento de realizar la solicitud de crédito la cual nos permitimos adjuntar en esta comunicación.

Con referente a la devolución de la prima canceladas y descuento de la cuota facturada del mes de septiembre de 2021, generada el 28 septiembre de 2021, le informamos que, no es posible acceder a su solicitud toda vez durante el tiempo que se facturó y canceló la póliza estuvo debidamente asegurado.

Le informamos que, de acuerdo con su solicitud, GASCARIBE S.A. E.S.P., dio por terminado el contrato de seguro factura protegida-Crédito Brilla, motivo por el cual no se continuará cobrando dicho concepto.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

Firma Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB008 MAMT/73

178599373

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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