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CONTRATO: 17107916

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 240-18-300300 DE OCTUBRE 29 DE 2018 a los señores VIRGINIA CASTAÑEDA LARIOS – PETRA ORTIZ y/o USUARIO (S) DEL SERVICIO, el día de hoy 19 de noviembre de 2018 y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha, y será desfijado el día 26 de noviembre de 2019, así:

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NOTIFICACIÒN POR AVISO

Por medio del presente aviso se notifica al señor(a) VIRGINIA CASTAÑEDA LARIOS – PETRA ORTIZ y/o USUARIO (S) DEL SERVICIO, en el inmueble ubicado en la Calle 20 No. 21 – 73 de Ciénaga – Magdalena, del PLIEGO DE CARGOS No. 240-18-300300 DE OCTUBRE 29 DE 2018. El presente acto ha sido expedido por la Asistente del Departamento de Atención a Usuarios, contra el cual no procede Recurso alguno.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 69 del Código Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso.

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PLIEGO DE CARGOS No. 240-18-300300 DE OCTUBRE 29 DE 2018

El Asistente del Departamento de Atención a Usuarios de GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, en uso de las facultades conferidas por los Artículo 150 de la Ley 142 de 1994, numeral 5.54 del Código de Distribución de Gas Combustibles y las disposiciones contenidas en el Anexo Nº 1 y el Articulo 59 de las Condiciones Uniformes del Contrato de Prestación del Servicio Público Domiciliario de Gas Combustible, expide el presente pliego de cargos contra el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 20 No. 21 – 73 de Ciénaga – Magdalena, en el cual aparecen registrados VIRGINIA CASTAÑEDA LARIOS – PETRA ORTIZ y/o USUARIO (S) del servicio de gas natural identificado con el Contrato No. 17107916, siguientes términos:

I.- HECHOS.

PRIMERO: El día 29 de Agosto de 2018, GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, realizó visita técnica al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 20 No. 21 – 73 de Ciénaga – Magdalena, en el cual se observó que el medidor YAZAKI N° 124755, presentaba inconsistencias que afectaban la confiabilidad de la medición, razón por la cual GASCARIBE procedió a retirarlo, conforme a lo establecido en el Artículo 145 de la Ley 142 de 1994[1]. Este servicio es prestado bajo la modalidad de Residencial.

SEGUNDO: Al efectuar la visita técnica, y una vez quien se encontraba en el inmueble permitió el acceso al mismo, los funcionarios de GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, en presencia del (la) señor(a) PETRA ORTIZ, usuario (a) del servicio de gas natural, constataron, y así se expresó en el acta que se levantó de la diligencia, que los equipos instalados, tenían la siguiente capacidad máxima, medida ésta en metros cúbicos por hora (m3/h):

Equipos Instalados al Momento de la Revisión Técnica Cantidad Quemadores Capacidad Quemador Capacidad Total
1 ESTUFA SEMI-INDUSTRIAL DE 4 FOGONES MEDIANOS 4 0,84 3,36
Total Capacidad Equipos     3,36

TERCERO: Que en la visita técnica efectuada el día 29 de Agosto de 2018, se les informó a los usuarios del servicio que se practicaría el ensayo y/o calibración del medidor en un Laboratorio de Metrología acreditado por la Superintendencia de Industria y Comercio, conforme a lo exigido en las normas técnicas vigentes. Mediante esta prueba de calibración se detectó que, el medidor no registro movimiento al paso del aire de prueba, se observa que el medidor NO CUMPLE con lo establecido en el numeral 5.1 de la Norma Técnica Colombiana NTC – 2728:2005, adicionalmente la revisión física de dicho equipo arrojó el siguiente resultado: “No tiene el sello de plomo, lamina que lo soporta partida; Tornillos del marco protector del odómetro maltratados y desajustados; Tornillos que soportan la lámina de identificación maltratados; Lamina de identificación maltratada y rayada; Piñones numerados del odómetro (elemento esencial para la medición del gas) rayados”. En atención a que el medidor aquí indicado no cumple con las normas técnicas de seguridad vigente, éste no estaba midiendo correctamente los consumos registrados en dicho servicio.

II.- CONSUMO NO FACTURADO Y OTROS CARGOS ECONÓMICOS PROPUESTOS.

PRIMERO: En el evento que se compruebe que las anomalías detectadas en la visita técnica realizada al inmueble de la referencia afectaron los consumos del servicio de gas natural GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, cobrará el consumo dejado de facturar de las últimas facturaciones que no tengan más de 5 meses de expedidas, los cuales se determinarán con base en el CONSUMO ESTIMADO[2] del servicio el cual es de 806 M3.  Lo anterior, con fundamento en lo establecido en el artículo 150 de la Ley 142 de 1994[3], y en el Contrato de Condiciones Uniformes que regula las relaciones entre los usuarios y la empresa.

Capacidad Máxima Equipos / Hora Número promedio de horas Días de uso

del servicio

Total M3
3,36 8 30 806

SEGUNDO: Que GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, cobrará el consumo estimado del servicio en los meses antes indicados, el cual arroja un cargo por concepto de consumo no facturado por valor de $5.375.205,00, el cual se discrimina en el siguiente cuadro:

MESES CONS. FACT.M3 CONS. ESTIMADO DIF.

CONS.M3

VALOR VLR.TOTAL
abr/18 43 806 763  $     1.405,00  $         1.072.015,00
may/18 39 806 767  $     1.417,00  $        1.086.839,00
jun/18 43 806 763  $     1.495,00  $        1.140.685,00
jul/18 116 806 690  $     1.501,00  $        1.035.690,00
ago/18 120 806 686  $     1.516,00  $        1.039.976,00
TOTAL 361 4.030 3.669  $  7.334,00  $     5.375.205,00 

TERCERO: Igualmente, según lo establecido en el Código de Distribución de Gas Combustibles por redes, cuyo aparte pertinente reza: “5.54. En caso que se estableciera que los servicios, medidores, reguladores u otro equipo en las instalaciones del usuario, han sido manipulados indebidamente, el usuario deberá hacerse cargo de todos los costos incurridos por el distribuidor o el comercializador inclusive, a título enunciativo y no limitativo, lo siguiente: (i) investigaciones, (ii) inspecciones, (iii) costos de juicios penales o civiles, (iv) honorarios legales, y (v) instalación de cualquier equipo protector considerado necesario por el distribuidor o el comercializador”, la Empresa cobrará los siguientes cargos económicos con cargo al usuario:

Visita Técnica del retiro del medidor efectuada el día 29 de Agosto de 2018; Estudio de Calibración  y Revisión en el Laboratorio de Metrología, efectuados los días 21 y 06 de Septiembre de 2018, respectivamente.  

   $148.800.00

III.- INICIO DE LA ACTUACIÓN Y ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE LA MISMA.

El presente pliego de cargos constituye, de parte de GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, el aviso que ésta da al usuario del inicio de la actuación administrativa correspondiente a los hechos antes descritos.

Esta actuación administrativa se surtirá en diversas etapas, cuyos procedimientos, términos, medios de defensa y períodos probatorios se describen en detalle en las Condiciones Uniformes del Contrato de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible, del cual se adjunta un ejemplar vigente a la presente comunicación para su conocimiento y así pueda(n) ejercer su derecho de defensa.  En todo caso y sin perjuicio de su deber de estudiar en detalle el Contrato anexo, de manera resumida les indicamos que estas etapas son:

  1. Conocimiento por parte de GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, acerca de las alteraciones frente al estado normal del servicio de gas natural del inmueble en mención;
  2. Formulación de pliego de cargos de parte de GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS;
  3. Notificación personal de pliego de cargos y, en subsidio por Aviso mediante correo;
  4. Respuesta al pliego de cargos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, oportunidad en la que pueden presentarse descargos, allegándose o solicitarse la práctica de pruebas y conocer y controvertir las pruebas actualmente existentes;
  5. Practica de pruebas;
  6. Toma de decisión por parte de GASES DEL CARIBE S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del pliego de cargos a la última persona, siendo posible suspender este término hasta treinta (30) días hábiles para la práctica de pruebas;
  7. Notificación personal a la decisión, y en subsidio, por Aviso; y,
  8. Agotamiento de la vía gubernativa mediante la interposición de los recursos de reposición y, en subsidio, de apelación.

Consideramos importante señalarle que, con esta actuación no se está iniciando proceso sancionatorio alguno contra el servicio de gas natural del inmueble aquí señalado.

IV.- ANEXOS Y PRUEBAS

En aras de garantizar el derecho de defensa del usuario y/o suscriptor hacemos entrega de los siguientes documentos:

  1. Contrato de Condiciones Uniformes
  2. Actas de Revisión de fecha 29 de Agosto de 2018.
  3. Informe de Calibración de Laboratorio de Metrología realizado el día 06 de Septiembre de 2018.
  4. Acta de Revisión Técnica del Laboratorio de Metrología de Fecha 21 de Septiembre de 2018.
  5. Registro Fotográfico

V.- RESPUESTA AL PLIEGO DE CARGOS.

Usted(es) cuenta(n) con el término de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente pliego de cargos para presentar sus descargos por escrito, teniendo derecho a conocer el expediente y las pruebas practicadas, así como aportar o solicitar la práctica de pruebas y controvertir las ya practicadas. Por ello, le solicitamos acercarse a nuestras oficinas de Atención a Usuarios, ubicadas en la Avenida El Libertador No. 15 – 29 de Santa Marta.  

FLOR INES AHUMADA LLINAS

Asistente Departamento de Atención Usuarios

JOSNAR/73

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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