El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-136821 expedida el 02/09/2021, dirigido al (la) señor(a) TANIA MARIA URBANO ROJAS y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 22/09/2021, y será desfijado el día 29/09/2021, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.:  21-240-136821

Barranquilla, 02/09/2021

Señor(a)

TANIA MARIA URBANO ROJAS

Calle 37 No. 5 – 84

Santa Marta

                                                                                        Contrato: 17133721

Asunto: Solicitud de Información del Crédito Brilla

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 26 de agosto de 2021, radicada bajo el No. 21-004251, relativa al crédito Brilla facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en Calle 37 No. 5 – 84 de Santa Marta, nos permitimos informarle que, el beneficiario que desea hacer efectivo el crédito debe cumplir con los términos y condiciones establecidos por La Empresa.

Entre los principales requisitos, se establece que se puede otorgar crédito Brilla a quien figure como suscriptor del servicio, propietario o usuario, para lo cual debe aportar las dos últimas facturas originales del servicio, situación que efectivamente se dio al momento de realizar el contrato para el Servicio Crédito Brilla.

Verificada nuestra base de datos constatamos que la señora TANIA MARÍA URBANO, no registra como codeudor del crédito que está siendo facturado en el citado servicio.

Por lo anterior, de acuerdo con lo establecido en la ley 1581 relativa a la protección de datos personales, para poder realizar la entrega de información del crédito Brilla facturado en el contrato en mención, es necesario que nos aporte la copia de la cedula de ciudadanía, esto debido a que la empresa debe comprobar que se le está entregando la información a las personas que registran como deudor o codeudor del crédito.

En concordancia con todo lo anterior, le informamos que no es factible para GASCARIBE S.A., E.S.P., atender favorablemente su solicitud, hasta tanto cumpla con los requisitos antes mencionados.

Cabe resaltar que, el inmueble no es solidario con la deuda del Crédito Brilla, por lo que tal y como se aprecia claramente en la factura del servicio de gas natural, el valor de las cuotas derivadas de tales créditos se totaliza por separado del servicio público respectivo, de modo que quede claramente expresado cada concepto.

En el evento que requiera pagar por separado el valor del servicio público, de conformidad con lo señalado en el inciso tercero del artículo primero del decreto 828 de 2007, lo invitamos a comunicarse con nuestro Call Center marcando (605)3227000 y/o a través de nuestro Chat en la página web www.portal.gascaribe.com, con el fin que se le facilite una nueva factura correspondiente al valor del servicio público

Es importante resaltar que, La Empresa sólo suspende el servicio por el incumplimiento del pago de los valores correspondientes al servicio público de gas natural y no por las cuotas del Crédito Brilla.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea. 

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB018 DMG/73 176995424

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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