El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-144999 expedida el 03/11/2021, dirigido al (la) señor(a) SALVADOR ENRIQUE ACOSTA BOLAÑO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 24/11/2021, y será desfijado el día 01/12/2021, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.:  21-240-144999

Barranquilla, 03/11/2021

Señor(a)

SALVADOR ENRIQUE ACOSTA BOLAÑO

Calle 8J No. 26A – 19

Santa Marta, Magdalena

                                                                                      Contrato: 17187972

Asunto: Confirmación de comunicación. 

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 29 de octubre de 2021, radicada bajo el No. 21-005705, relativa al acuerdo de pago facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 8J No. 26A – 19 de Santa Marta, Magdalena, nos permitimos hacerles los siguientes respetuosos comentarios:

El día 25 de febrero de 2019, el señor SALVADOR ENRIQUE ACOSTA BOLAÑO, presentó en nuestras oficinas de Atención a Usuarios un derecho de petición que versa sobre los mismos hechos (acuerdo de pago suscrito el día 23 de marzo de 2018), del derecho de petición presentado por usted el día 29 de octubre de 2021.

Es importante indicarle que, el derecho de petición presentado el día 25 de febrero de 2019 fue respondido oportunamente mediante nuestra comunicación No. 19-240-105877 del 12 de marzo de 2019, en la cual, se le confirmaron los cobros realizados por concepto del acuerdo de pago suscrito el día 23 de marzo de 2018 y se le indicaron los recursos que procedían contra dicho acto; sin que se presentara escrito en tal sentido, dentro del término legalmente previsto para su interposición.

Al respecto, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su artículo 87 establece lo siguiente: “Firmeza de los actos administrativos.  Los actos administrativos quedarán en firme.  …3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos…”.

De acuerdo con todo lo anterior, le indicamos que el derecho de petición presentado el día 29 de octubre de 2021, relativo al acuerdo de pago suscrito el día 23 de marzo de 2018, fue resuelto a través de la comunicación No. 19-240-105877 del 12 de marzo de 2019, que se encuentra en firme de acuerdo con lo previsto en el artículo 87 del mencionado Código. Por lo que, GASCARIBE S.A. E.S.P., confirma lo expresado en nuestra comunicación No. 19-240-105877 del 12 de marzo de 2019.

Todo lo anterior, en concordancia con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas: (…) Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores”.

No obstante, lo anterior, nos permitimos anexarle copia del acuerdo de pago suscrito el día 23 de marzo de 2018, de acuerdo con lo solicitado a través de su escrito. (Ver anexo)

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

Firma Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB017MF /73

179384641

(Anexo lo enunciado)

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

linea de atención
Paga con P S E