Contrato: 17197906

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo N° 18-240-129669 expedida el 19/12/2018, al señor (a)  LINCOR SUAREZ RAMOS, el día de 15/01/2019, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir 22/01/2019, y será desfijado el día 23/01/2019, a las 4:30 p.m., así:

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Señor(a): LINCOR SUAREZ RAMOS

MZ 4 CASA 128 CIUDAD EQUIDAD

SANTA MARTA

ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 18-240-129669 expedida el 19/12/2018, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la a la petición presentada ante la empresa.

La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, contra la cual procede el recurso de reposición ante GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., y en subsidio el de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de su notificación.

Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.

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Rad No.: 18-240-129669

Barranquilla, 19/12/2018

Señor

LINCOR MANUEL SUAREZ RAMOS

Manzana 4 Casa 128 Ciudad Equidad

Santa Marta

Contrato: 17197906

Asunto: Revisión Periódica.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 4 de diciembre de 2018, radicada bajo No. 18-009347, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la carrera 66 No. 50 – 6 MZ 4 Casa 128 de Santa Marta, le informamos lo siguiente:

La revisión periódica, que se encuentra adelantando el organismo de inspección acreditado antes la ONAC e inscrito y contratado por GASCARIBE S.A E.S.P., obedece a una exigencia legal y es obligatoria para los usuarios, con ocasión de lo establecido en el Código de Distribución [1] (Resolución 067 de 1997 modificada por Resolución 059 de 2012) expedido por la Comisión de regulación de Energía y Gas (CREG), la cual es realizada por el organismo de inspección acreditado en Colombia.

Dicha revisión, verifica el estado de las instalaciones internas, las condiciones de ventilación de los lugares donde se encuentran instalados los gasodomésticos y todo lo relacionado con la buena combustión y conexión de dichos equipos.  Así mismo, incluye la entrega de la certificación que indica que las instalaciones internas del inmueble, cumplen con las normas técnicas y de seguridad vigentes y se encuentran funcionando en buenas condiciones, tal como lo indica dicha Comisión en su Código de Distribución.  Lo anterior, con el fin de garantizar la seguridad tanto de los habitantes del inmueble, como de sus vecinos y del sistema de distribución de nuestro servicio.

Es importante resaltar que, la revisión periódica es realizada por un Organismo de Inspección acreditado ante la ONAC, registrado y autorizado por la empresa, que garantiza la calidad del mismo al ser realizado por personal calificado y entrenado para este tipo de trabajos, relacionados con un elemento combustible como lo es el gas natural.

Con ocasión de la Revisión Segura realizada el día 28 de noviembre de 2018, se constató que es necesario realizar trabajos de reparación y adecuación, consistentes en: corrección de fuga entre elevador y regulador, cambio de válvula de interna, corrección fuga en punto de consumo, reinstalación de gasodoméstico.

El costo de la revisión segura antes señalada, ascendió a la suma de $95.943.00, facturado en un plazo de 48 cuotas, y se está cobrando bajo el concepto de “EXCL-REVISION PERIODICA RES 05.”

Adicionalmente, se generó un cobro por concepto de “FINANCIACION IVA BIENES Y SERV”, por valor de $15.319, corresponde Al IVA (Impuesto al Valor Agregado), teniendo en cuenta que el servicio de “Revisión Segura” prestado por parte de GASCARIBE es un servicio que bajo la normatividad tributaria vigente se encuentra gravado con el impuesto a las ventas a tarifa general (19%).

Conforme con lo anterior, el servicio de “Revisión Periódica de las Instalaciones”, la cual se financia al usuario, está sujeto al impuesto sobre las ventas a la tarifa general del 19%, sobre el valor total de la operación.

Por lo anterior, con ocasión al defecto presentado enviamos al predio en comento una de nuestras firmas contratistas con el fin de corregir fuga presentada entre el elevador y regulador, se cambió la válvula de interna por no tener maneral se corrigió fuga en punto de consumo, se reinstaló gasodoméstico.  Esta visita fue atendida por el Sr. Lincon Suarez.  Le informamos que el predio se encuentra pendiente por certificación quien es el organismo que confirma y acredita que el predio con las reparaciones antes descritas cumple con las normas establecidas y reguladas.

Por otra parte, le informamos que hemos tomado atenta nota a sus observaciones con el propósito de continuar mejorando la calidad de nuestro servicio.

Queremos resaltar que, para garantizar el cumplimiento de los Organismos y Leyes que nos rigen, capacitamos y evaluamos constantemente al personal encargado de ello, con el fin que las labores que se le encomiendan se lleven a cabo en los mejores términos de cordialidad y entendimiento con el usuario. Por lo que ofrecemos disculpas por los inconvenientes ocasionados.

GASCARIBE S.A. E.S.P., ratifica su compromiso de continuar prestando un servicio de calidad, brindando un trato cordial y cortés a todos nuestros usuarios, resolviendo de manera oportuna cualquier petición, queja o reclamación dentro de los mejores términos comerciales.

Con gusto le suministraremos cualquier información adicional que usted desee, en nuestras oficinas de atención al usuario ubicadas en la Avenida El Libertador No. 15-29 de Santa Marta.

Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación, para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB014 /73

90801905

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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