El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-139854 expedida el 23/09/2021, dirigido al (la) señor(a) ROSA AURA OLIVEROS GUERRERO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 12/10/2021, y será desfijado el día 20/11/2021, a las 4:30 p.m., así:
Rad No.: 21-240-139854
Barranquilla, 23/09/2021
Señor(a)
OLIVEROS GUERRERO ROSA AURA
Calle 20E1 No. 15 – 05
Santa Marta, Magdalena.
Contrato: 17213556
Asunto: Solicitud de Cupo del Crédito Brilla
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 20 de septiembre de 2021, radicada bajo el No. 21-004788, referente al crédito Brilla facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 20E1 No. 15 – 5 de Santa Marta, nos permitimos informarle que para la asignación de cupo preaprobado Brilla, la empresa tiene en cuenta los siguientes requisitos:
- El tiempo que tenga el usuario de ser el propietario del bien inmueble, es decir, es necesario cumplir con los dos años de haber adquirido el bien inmueble.
- Cumplir con lo establecido en el Contrato de Condiciones Uniformes, el cual no solo corresponde al pago oportuno de la facturación, si no al cumplimiento de las instalaciones en lo referente a la normatividad vigente.
Sin embargo, consideramos importante recordar que los cupos de crédito del programa Brilla, son beneficios adicionales que la empresa brinda a sus usuarios y actualmente no es posible mantener las condiciones anteriores.
Es importante informarle que, GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P., ha realizado ajustes a la política de otorgamiento de los cupos de crédito del programa Brilla, por lo tanto, a la fecha usted no cuenta con cupo disponible.
Agradecemos su comprensión y lo invitamos a continuar con un buen comportamiento de pago con el fin de que, en el tiempo evaluado, el sistema automáticamente otorgue nuevamente el cupo Brilla.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB013-BO/73
177917931