Contrato: 17215686

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-144479 expedida el 28/10/2021, dirigido al (la) señor(a) JOSEFA ANTONIA DE LA HOZ PALLARES, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 19/11/2021, y será desfijado el día 26/11/2021, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.:  21-240-144479

Barranquilla, 28/10/2021

Señor(a):

JOSEFA ANTONIA DE LA HOZ PALLARES

Carrera 8 No. 4B – 31

Sabanas, Magdalena.

                                                                                      Contrato: 17215686

Asunto: Verificación de consumo.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 14 de octubre de 2021, radicada bajo el No. PIV 21-000239, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en Carrera 8 No. 4B – 31 de Sabanas (Piñón), Magdalena, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:  

Teniendo en cuenta que su inconformidad versa sobre el cobro bajo el concepto de consumo le indicamos que, de conformidad con lo establecido en el artículo 154, de la Ley 142 de 1994 que establece: “(…) En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas por las empresas de servicios públicos”, para GASCARIBE S.A. E.S.P., solo es posible analizar las facturas de los meses de mayo, junio, julio, agosto y octubre de 2021.

De acuerdo con lo anterior, revisamos nuestra base de datos y constatamos que, los consumos de los meses de junio a octubre de 2021 corresponden estrictamente a la diferencia de lectura registrada por el medidor No. F-5595621-13, tal como lo establece la Ley 142 de 1994 en su artículo 146[1], tal como detallamos a continuación:

PeriodoLectura actualLectura anteriorXFactor de corrección=Consumo mes (m3)
Mayo 1720 1695 0.9943 25
Junio 1745 1720 0.9943 25
Julio 1767 1745 0.9946 22
Agosto 1787 1767 0.9940 20
Septiembre 1807 1787 0.9689 20

Como puede observar, el consumo cobrado en los meses analizados corresponde estrictamente a la diferencia de lecturas registradas por el equipo de medida instalado en el inmueble y por ende corresponde al uso que se le da al servicio de gas natural.

No obstante, lo anterior, con ocasión a su reclamación, el día 16 de octubre de 2021, enviamos al inmueble en mención, a uno de nuestros funcionarios, quien efectuó una revisión técnica, mediante la cual se determinó que existía fuga en dos (2) fogones de la estufa, por lo que se le recomendó al usuario hacer mantenimiento de la estufa, se dejó válvula cerrada.

Igualmente le informamos que, al momento de la visita, el medidor No. F-5595621-13, presentaba una lectura de 1820 metros cúbicos, la cual se encuentra acorde con la anotada en la facturación del servicio.

Al respecto es importante señalar que, tanto el uso del servicio como el escape perceptible encontrado en la instalación interna, es registrado por el medidor, y por ende ocasiona aumento de consumo, el cual es cargado a la facturación del servicio, de acuerdo con la normatividad vigente.

De acuerdo con lo anterior, determinamos que, los consumos de los meses de mayo a septiembre de 2021 corresponden al uso que le está dando el usuario al servicio de gas natural.  Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P., confirma los valores cobrados por concepto de consumo en dichas facturas.

Ahora bien, respecto al cobro por concepto de seguros, revisamos nuestro sistema comercial y constatamos que en el citado servicio se facturaban los seguros de Vida Alfa y Liberty PAP, no obstante, con ocasión a su comunicación, GASCARIBE S.A. E.S.P., dio por terminado el contrato de seguro de Vida Alfa, motivo por el cual no se continuará cobrando dicho concepto.

Respecto al seguro Liberty PAP una vez revisado nuestro sistema comercial se constató que, el día 25 de octubre de 2021, un funcionario adscrito a la empresa aseguradora, se comunicó con la usuaria realizando la retención del seguro. Por todo lo anterior GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P., confirma los valores facturados por concepto del citado seguro.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. (respecto al consumo) Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

Firma Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB015-BO /73

178860633


[1] Artículo 146 de la Ley 142 de 1994: La medición del consumo, y el precio en el contrato.  La empresa y el suscriptor o usuario tienen derecho a que los consumos se midan; a que se empleen para ellos los instrumentos de medida que la técnica haya hecho disponibles; y a que el consumo sea el elemento principal del precio que se cobre al suscriptor o usuario.

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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