El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-137892 de10/09/2021, dirigido al (la) señor(a) CARMEN PIEDAD NIÑO DE LOPEZ y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 30/09/2021, y será desfijado el día 06/10/2021, a las 4:30 p.m., así:
Rad No.: 21-240-137892
Barranquilla, 10/09/2021
Señor(a)
CARMEN PIEDAD NIÑO DE LOPEZ
Urbanización Ciudadela 29 de Julio Manzana 103 Casa 9
Santa Marta – Magdalena
Contrato: 2158720
Asunto: Solicitud de información
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 8 de septiembre de 2021, radicada bajo el No. 21-004512, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Urbanización Ciudadela 29 de Julio Manzana 98 Casa 19 de Santa Marta, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Con ocasión a su comunicación, realizamos la verificación de nuestra base de datos y nos permitimos aclararle, los conceptos de revisión periódica, cuota Iva bienes y servicios y modificación centro de medición, fueron refinanciados en el año 2018 y 2019, y no en el 2020.
Ahora bien, validamos nuestro sistema comercial, y observamos que, el día 3 de septiembre de 2018, uno de los funcionarios del organismo de inspección acreditado ante la ONAC e inscrito y contratado por GASCARIBE S.A E.S.P., realizó la revisión periódica de instalaciones internas del servicio de gas natural, mediante la cual, se pudo constatar que, la instalación interna del citado servicio cumple con las normas técnicas de seguridad vigente, motivo por el cual se le entregó el certificado de conformidad de las instalaciones.
Cabe señalar que, la citada revisión periódica tuvo un costo total de $95.943.oo (IVA incluido), el cual, fue financiado automáticamente para cancelarse a un plazo de 48 cuotas, a través de los siguientes conceptos:
Concepto | Valor Total |
REVISION PERIODICA RES 059 | $80.624.oo |
FINANCIACION GRAVADA BIENES Y SERVICIOS | $15.319.oo |
Total | $95.943.oo |
Igualmente, con ocasión a su comunicación, realizamos la verificación de nuestra base de datos y en el citado servicio se le está cobrando el valor de $182.044.oo, bajo el concepto de modificación centro de medición, que corresponde a la reparación reportada como cumplida el día 25 de septiembre de 2019, A continuación, relacionamos los trabajos realizados en el servicio de gas natural, en la fecha antes indicada: se revisó y se instaló medidor, medidor anterior presentaba falla en piñonería y se bloqueaba, se le entregó medidor dañado al usuario.
Es importante señalar que, dicha reparación fue financiada para cancelarse a un plazo de 48 cuotas, través de la facturación del servicio de gas natural.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB006-KT /73
177521558