El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-144614 expedida el 29/10/2021, dirigido al (la) señor(a) ROSMERIS BRITO DE PEREZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 19/11/2021, y será desfijado el día 26/11/2021, a las 4:30 p.m., así:
Rad No.: 21-240-144614
Barranquilla, 29/10/2021
Señor(a)
ROSMERIS BRITTO PEREZ
Calle 11 No. 37 – 31 Apto 1
Santa Marta
Contratos: 2190947-17116683
Asunto: Solicitud cambio de nombre suscriptor
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 20 de octubre de 2021, radicada bajo el No. 21-005499, relativa a la solicitud de cambio de nombre del suscriptor de los servicios de gas natural de los inmuebles ubicados en la Calle 11 No. 37 – 35 de Santa Marta (Magdalena) correspondiente al contrato No. 2190947 y en la Calle 11 No. 37 – 31 Apto 1 de Santa Marta (Magdalena) correspondiente al contrato No. 17116683, dirección con la cual se encuentra registrado el mencionado servicio en nuestro sistema comercial, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Una vez revisados los documentos aportados por usted, constatamos que la Resolución de cesión a gratuidad de bien fiscal aportada, acredita la propiedad sobre un predio marcado como: Barrio Ondas del Caribe de Santa Marta (Magdalena).
Que debido a las inconsistencias presentadas entre la nomenclatura anotada en la facturación del servicio y la dirección señalada en la Resolución de cesión a gratuidad de bien fiscal aportada por usted, GASCARIBE S.A. E.S.P., realizó las verificaciones pertinentes, encontrando que las nomenclaturas correctas de los inmuebles son: Calle 11 No. 37 – 35 de Santa Marta (Magdalena) correspondiente al contrato No. 2190947 y en la Calle 11 No. 37 – 31 Apto 1 de Santa Marta (Magdalena) correspondiente al contrato No. 17116683. Así las cosas, no es factible para la empresa acceder a su solicitud.
Por lo anterior y con el fin de continuar con el trámite de su solicitud, deberá enviarnos copia del certificado de nomenclatura expedido por la Secretaria de Planeación, que deberá traer referenciado el código catastral y el número de matrícula inmobiliaria del inmueble para el cual solicita el cambio de nombre, con el fin de verificar que el certificado pertenece al mismo predio señalado en el documento aportado por usted.
Una vez usted presente el documento señalado y cumpla con los requisitos, realizaremos el cambio de titular, según corresponda.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB009 /73 -179032073