El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No 240-22-203881 expedida el 01/12/2022, dirigido al (la) señor(a) JUAN PLATA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de 21/12/2022, y será desfijado el día 28/12/2022, a las 4:30 p.m., así:
RESOLUCION No. 240-22-203881 de 01/12/2022
Por medio de la cual se pasa a etapa probatoria un recurso de reposición y en subsidio de apelación presentado por el (la) señor (a) JUAN CARLOS PLATA, referente al servicio de Gas Natural del inmueble ubicado en la Diagonal 136 Carrera 9E – 13 de BARRANQUILLA, Contrato No.: 48258195.
El Jefe del Departamento de Atención al Usuario de GASES DEL CARIBE S. A. EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y, considerando:
ANTECEDENTES
PRIMERO: Que el señor JUAN CARLOS PLATA, realizó reclamación verbal en nuestras oficinas el día 05 de octubre de 2022, radicada bajo el No. Interacción 191999430, a través de la cual, manifestó su inconformidad por el consumo de los meses de mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2022 del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Diagonal 136 Carrera 9E – 13, de Barranquilla.
SEGUNDO: Que mediante comunicación No. 22-240-141623 del día 26 de octubre de 2022, GASCARIBE S.A. E.S.P., dio respuesta a la reclamación realizada por el señor JUAN CARLOS PLATA, notificado por aviso, en la cual se informó la decisión de la empresa, contra la cual se le otorgaron los recursos de reposición y en subsidio el de apelación para ante la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, para ser presentados dentro del término legal previsto en el artículo 154 de la Ley 142 de 1994.
TERCERO: Que mediante escrito de fecha 10 de noviembre de 2022, radicado bajo No. 22-022857, el señor JUAN CARLOS PLATA, presentó ante GASCARIBE S.A. E.S.P., dentro del término legal previsto en el artículo 154 de la Ley 142 de 1994, recurso de reposición y en subsidio el de apelación ante la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS contra la comunicación No. 22-240-141623 del día 26 de octubre de 2022.
ANALISIS
- Que GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS se encuentra regulada por la Ley 142 de 1994, Ley 689 de 2001 y demás normas concordantes.
- , de Barranquilla, por lo que GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS, considera necesario abrir etapa probatoria, suspendiendo los términos de respuesta, para realizar revisión técnica en el predio reclamante.
- Con base en lo anterior se fija un plazo de 10 días hábiles para adelantar dicha labor.
- Que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 79 establece que: “…Cuando sea del caso practicar pruebas, se señalará para ello un término no mayor de treinta (30) días. Los términos inferiores podrán prorrogarse por una sola vez, sin que con la prórroga el término exceda de treinta (30) días. En el acto que decrete la práctica de pruebas se indicará el día en que vence el término probatorio.”
Que, en mérito de lo expuesto, la empresa
Por lo anteriormente expuesto, el Jefe del Departamento de Atención al Usuario de GASES DEL CARIBE S. A. EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS.
RESUELVE
PRIMERO: Fijase un plazo de 10 días hábiles para la práctica de la visita técnica al servicio de gas natural instalado en el inmueble ubicado en la Diagonal 136 No. 9E-13, de Barranquilla.
SEGUNDO: Por lo anterior, el día 15 de diciembre de 2022 vence la etapa probatoria.
NOTIFIQUESE
Dado en Barranquilla al primer (01) día del mes de diciembre de 2022.

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
WENLEZ /73
193269116