El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-135797 expedida el 27/08/2021, dirigido al (la) señor(a) ALEJANDRO CABANA PEREZ y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 14/09/2021, y será desfijado el día 21/09/2021, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.:  21-240-135797

Barranquilla, 27/08/2021

Señor(a)

ALEJANDRO CABANA PEREZ

Calle 19 No. 8 – 98

Ciénaga-Magdalena

                                                                                                           Contrato: 5158111

Asunto: Terminación Contrato de Seguro.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 18 de agosto del 2021, radicada bajo el No. CG 21-001016, referente a la póliza del seguro facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 19 No. 8 – 98 en Ciénaga-Magdalena, le informamos que, GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.

Para la adquisición de dichos seguros, el usuario suministra sus datos al asesor de la aseguradora y firma voluntariamente la póliza para llevar a cabo el proceso de afiliación, por lo que se le da la opción libre y espontánea al usuario de adquirir dicho seguro.

Para el caso en mención, el señor FELIX JOSE ALFARO OSORIO, fue la persona que voluntariamente adquirió el seguro en el servicio de gas natural del predio en comento. Tal como consta en la copia de la póliza anexa a esta comunicación.

No obstante, con ocasión de su petición, GASCARIBE S.A. E.S.P., anuló la póliza de seguro, motivo por el cual no se continuará cobrando dicho concepto a partir del mes de septiembre del 2021, De acuerdo con las cláusulas y condiciones del seguro, el señor FELIX JOSE ALFARO OSORIO, estuvo asegurado hasta el último mes cancelado.

Con relación a los pagos realizados por concepto del Seguro, le informamos que, estos fueron el soporte para mantener el proceso de afiliación durante el tiempo que fueron canceladas las cuotas de la póliza del seguro. En concordancia con todo lo anterior le comunicamos que, no es posible para GASCARIBE S.A. E.S.P., devolver el dinero cancelado por concepto del citado seguro.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (5)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea. 

Atentamente.

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB008 NM/73

176684708

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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