El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-132102 expedida el 06/09/2022, dirigido al (la) señor(a) JOSE ALBERTO MARTINEZ FONTALVO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 20/09/2022 y será desfijado el día 27/09/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-132102
Barranquilla, 6/09/2022
Señor(a)
JOSE ALBERTO MARTINEZ FONTALVO
Calle 28 No. 4A – 24
Valledupar
Contrato: 6206746
Asunto: Solicitud de Información del Seguro
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 17 de agosto de 2022, radicada bajo el No. 22-003899, relativa al seguro PROEXEQUIAL S.A.Sfacturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 28 No. 4A – 24 de Valledupar, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.
Para la adquisición de los seguros ofrecidos por La Empresa, se requiere que el usuario suministre sus datos y su autorización al asesor de la compañía aseguradora. De acuerdo con lo anterior, le indicamos que, el seguro cobrado a través de la facturación del servicio de gas natural del inmueble en comento fue tomado de manera voluntaria.
Con ocasión a su solicitud, revisamos en nuestro sistema comercial, y se evidencia que en el contrato No. 67068783 no se registra póliza activa de seguros Proexequial S.A.S, por lo que no le está facturando valor alguno por concepto de seguro.
Ahora bien, para los contratos No. 6206746 y 67068174, se constató que el señor JOSE ALBERTO MARTINEZ FONTALVO, fue la persona que voluntariamente adquirió el seguro en el servicio de gas natural del predio en comento. No obstante, con ocasión de su petición, en los contratos antes señalados GASCARIBE S.A. E.S.P., anuló la póliza de seguro PROEXEQUIAL S.A.S, motivo por el cual no se continuarán cobrando en las próximas facturaciones.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS022/73
190033383