El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-146436 expedida el 11/11/2021, dirigido al (la) señor(a) DAVID ALFREDO CRESPO CALVO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 09/12/2021 y será desfijado el día 16/12/2021, a las 4:30 p.m., así:
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Rad No.: 21-240-146436
Barranquilla, 11/11/2021
Señor(a)
DAVID ALFREDO CRESPO CALVO
Calle 35A No. 4D – 47
Valledupar
Contrato: 6210622
Asunto: Solicitud cambio de nombre suscriptor.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 5 de noviembre de 2021, radicada bajo el No. 21-004727, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 35A No. 4D – 47 de Valledupar (Cesar), nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Que no es procedente para GASCARIBE S.A. E.S.P., realizar el cambio de nombre, en la facturación del servicio de gas natural del inmueble antes señalado, toda vez que, el certificado de tradición aportado por usted, tiene más de 30 días de haber sido expedido,
De acuerdo con lo anterior, le indicamos que es necesario nos envíe el certificado de tradición vigente, (que no tenga más de 30 días de haber sido expedido) para confirmar que la solicitud está siendo realizada por el propietario del predio.
Adicionalmente, le informamos que el certificado de tradición y libertad aportado, acredita la propiedad sobre un predio Urbano, por lo que se hace necesario que nos aporte copia del certificado de nomenclatura expedido por la Secretaria de Planeación, que deberá traer referenciado el código catastral y el número de matrícula inmobiliaria del inmueble para el cual solicita el cambio de nombre, con el fin de verificar que el certificado pertenece al mismo predio señalado en el documento aportado por usted.
Una vez usted presente los documentos antes señalados y cumpla con los requisitos, realizaremos el cambio de titular, según corresponda.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB009 /73
179658493