El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-148665 expedida el 29/11/2021, dirigido al (la) señor(a) KELLY MARGARITA DIAZ CASTILLO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 17/12/2021 y será desfijado el día 24/12/2021, a las 4:30 p.m., así:
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Rad No.: 21-240-148665
Barranquilla, 29/11/2021
Señor(a)
KELLY MARGARITA DIAZ CASTILLO
Calle 33A No. 4A – 83
Valledupar
Contrato: 6214982
Asunto: Terminación contrato de Seguro – crédito brilla
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 26 de noviembre de 2021, radicada bajo el No. 21-005051, relativa al seguro de factura protegida-Crédito Brilla, cobrado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 33A No. 4A – 83 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Le informamos que para continuar con el trámite de anulación del seguro factura protegida, debe comunicarse con nuestras las líneas de atención: 01 8000 913 333 y (601) 7455551.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB018 DMG/73
180422849