El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-116910 expedida el 25/05/2022, dirigido al (la) señor(a) YOLIMA ISABEL JIMENEZ FUENTES, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 9/06/2022 y será desfijado el día 16/06/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-116910
Barranquilla, 25/05/2022
Señor(a)
YOLIMA ISABEL JIMENEZ FUENTES
Manzana 37 Casa 30, Ciudadela 450 Años
Valledupar
Contrato: 6217352
Asunto: Cancelación Seguro Factura Protegida.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 20 de mayo de 2022 radicada bajo el No. 22-002381, relativa al seguro de factura protegida-crédito brilla, cobrado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Ciudadela 450 Anos Manzana 37 Casa 30 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Con ocasión a su solicitud, verificamos nuestra base de datos y constatamos que, el deudor del crédito adquirió voluntariamente un seguro FACTURA PROTEGIDA, que cubre un valor que será abonado al crédito Brilla por una incapacidad temporal o valor que será abonado a los asegurados por muerte, al momento de realizar la solicitud de crédito el día 25 de septiembre de 2021.
Ahora bien, la renovación de la póliza factura protegida se genera una vez que finalice el pago de las cuotas pactadas del crédito Brilla de forma automática, esto se encuentra establecido dentro de las condiciones de la póliza.
para adquirir el condicionado del seguro factura protegida lo puede descargar de la página web de www.brillagascaribe.com
Si desea desistir de la protección de la renovación del seguro factura protegida, con gusto le atenderemos por medio de las líneas de atención: 01 8000 913 333 y (601) 7455551 de la aseguradora Cardif.
Consideramos importante indicarle además que, La Empresa sólo suspende el servicio por el incumplimiento del pago de los valores correspondientes al servicio público de gas natural y no por las cuotas del Crédito Brilla o seguros.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS017/73
186718447