El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-125052 expedida el 27/07/2022, dirigido al (la) señor(a) ALFREDO MANUEL JARAVA ARCIA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 12/08/2022 y será desfijado el día 22/08/2022, a las 4:30 p.m., así:

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Rad No.:  22-240-125052

Barranquilla, 27/07/2022  

Señor(a)

JARAVA ARCIA ALFREDO MANUEL

Calle 63 No. 25 – 70 Manzana 13 Casa 37

Valledupar

                                                                                        Contrato: 6224982

Asunto: Solicitud anulación de seguro.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas, el día 21 de julio de, radicadas bajo los No. 22-003390, relativa al seguro facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 63 No. 25 – 70 Manzana 13 Casa 37 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:

Referente a su solicitud, para la cancelación del seguro PROEXEQUIAL S.AS, le indicamos que de acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de protección de datos personales, es necesario que el usuario demuestre la calidad en la que actúa, si es propietario del inmueble debe anexar copia del certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días, copia de la escritura pública o protocolaria, en los casos que los inmuebles no cuenten con certificado de tradición, si es arrendatario, contrato de arrendamiento y para los dos casos copia de la cedula de ciudadanía.

Cabe anotar que, la solicitud también puede ser realizada por el titular de la factura del gas, adjuntando copia de la cedula.

En concordancia con todo lo anterior, le informamos que no es factible para GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P., atender favorablemente su solicitud, hasta tanto cumpla con los requisitos antes mencionados.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS017/73

188971603

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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