El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-145831 expedida el 08/11/2021, dirigido al (la) señor(a) NORYS ORTEGA PEREZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 26/11/2021 y será desfijado el día 3/12/2021, a las 4:30 p.m., así:
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Rad No.: 21-240-145831
Barranquilla, 08/11/2021
Señor(a)
ORTEGA PEREZ NORYS
Carrera 44 No. 06-04 La Nevada
Valledupar, Cesar.
Contrato: 6229615
Asunto: terminación de contrato
En respuesta a su comunicación, recibida en nuestras oficinas el día 04 de noviembre de 2021, radicada bajo No. 21-004696, relativa a la solicitud de terminación de contrato del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 41 No. 2A – 15 de Valledupar (dirección con la cual se encuentra registrado el mencionado servicio en nuestro sistema comercial), nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Una vez revisados los documentos aportados por usted, constatamos que el certificado de tradición y libertad aportado acredita la propiedad sobre un predio marcado como:
Carrera 38 con calle 4 y 5 Urbanizacion la Roca Del Valle de Valledupar.
Que, debido a las inconsistencias presentadas entre la nomenclatura anotada en la facturación del servicio y la dirección señalada en el certificado de tradición y libertad aportados por usted, GASCARIBE S.A. E.S.P., realizó las verificaciones pertinentes, encontrando que la nomenclatura correcta del inmueble es: Carrera 41 No. 2A – 15 de Valledupar. Así las cosas, no es factible para la empresa acceder a su solicitud.
De acuerdo con lo anterior, le indicamos que una vez sea corregido el inconveniente de la dirección, nos presente nuevamente la solicitud.
Así mismo le indicamos que, para suspender y terminar contrato es necesario que se encuentre paz y salvo con el servicio de gas natural, el cual presenta una factura pendientes por cancelar, correspondiente al mes de octubre de 2021, más un saldo diferido pendiente por facturar por valor de $4.776.164.00 Para cancelar dichos valores, puede solicitar un cupón de pago comunicándose a línea telefónica (605)3227000, y a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Por lo anterior, no es procedente para GASCARIBE S.A. E.S.P., tramitar la suspensión y terminación del contrato del servicio de gas natural en el inmueble antes mencionado, toda vez que, no aportó los documentos requeridos y presenta saldos pendientes por cancelar.
Consideramos importante indicar que, una vez presente la documentación requerida, se encuentra a paz y salvo y cumpla con los requisitos, GASCARIBE S.A. E.S.P., tramitará su solicitud de terminación del contrato de prestación del servicio de gas natural.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB005-BO/73
179621082