El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-108064 expedida el 14/03/2022, dirigido al (la) señor(a) EDENNYS M VILLARRAGA M., y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 29/03/2022 y será desfijado el día 05/04/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-108064

Barranquilla, 14/03/2022  

Señor(a)

EDENNYS M VILLARRAGA M.

Carrera 18 No. 11 – 52  

Valledupar

                                                                                        Contrato: 66242980

Asunto: Cambio de nombre

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 3 de marzo del 2022, radicada bajo el No. 22-001093, relativa a la solicitud de cambio de nombre del suscriptor del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 18 No. 11 – 52 de Valledupar, dirección con la cual se encuentra registrado el mencionado servicio en nuestro sistema comercial, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:

Una vez revisados los documentos aportados por usted, constatamos que el certificado de tradición y libertad tiene más de 30 días de haber sido expedido, le indicamos que es necesario nos envíe el certificado de tradición y libertad vigente, para confirmar que la solicitud está siendo realizada por el propietario del predio. A su vez acredita la propiedad sobre un predio marcado como: SIN DIRECCION . URBALIZACION EL LIBERTADOR III ETAPA.

debido a las inconsistencias presentadas entre la nomenclatura anotada en la facturación del servicio y la dirección señalada en el certificado de tradición y libertad aportado por usted, GASCARIBE S.A. E.S.P., realizó las verificaciones pertinentes, sin embargo, no se encontró nomenclatura instalada en la vivienda. Así las cosas, no es factible para la empresa acceder a su solicitud.

Por lo anterior y con el fin de continuar con el trámite de su solicitud, le sugerimos tener instalada la placa predial con la dirección correcta y aportarnos copia del certificado de nomenclatura expedido por la oficina de planeación municipal.

Una vez usted presente los documentos señalados y cumpla con los requisitos, realizaremos el cambio de titular, según corresponda.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS024/73

184052581

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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