El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-110707 expedida el 05/04/2022, dirigido al (la) señor(a) CLAUDIA JANETH MACEA ROCHA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 25/04/2022 y será desfijado el día 2/05/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-110707
Barranquilla, 5/04/2022
Señor(a)
CLAUDIA JANETH MACEA ROCHA
Calle 26 No. 4A – 21 Unidad Residencial
Valledupar
Contrato: 66247108
Asunto: Solicitud de Información seguro Factura Protegida.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 25 de marzo de 2022, radicada bajo el No. 22-001491, relativa al seguro FACTURA PROTEGIDA – CARDIF, cobrado en la facturación del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 26 No. 4A – 21 Unidad Residencial de Valledupar, le informamos que este fue tomado de manera voluntaria, al adquirir el crédito Brilla en el mes de enero del 2021 por la señora CLAUDIA JANETH MACEA ROCHA. (Adjuntamos solicitud de crédito en donde confirma que si autorizó el seguro junto con la venta en mención).
En cuanto al amparo del seguro Cardif, le informamos que, si el usuario tiene una incapacidad de 15 días o más, la aseguradora cancelará tres (3) facturas al concepto del crédito brilla por valor máximo de 100.000, por tres meses; si la incapacidad es de 105 días en adelante, al usuario se le cancelarán tres (3) cuotas fijas por un monto de $100.000., cada una; igualmente cuenta con un auxilio por muerte accidental por lo cual se les pagará a sus beneficiarios de ley el valor de $2.000. 000.o
Cabe anotar que, a la fecha el Seguro voluntario FACTURA PROTEGIDA – CARDIF fue anulado de acuerdo con la solicitud del usuario presentada ante la aseguradora cardif en la fecha 24 de marzo de 2022.
Con referente a la devolución de las cuotas canceladas, le informamos que para GASCARIBE S.A. E.S.P., no es posible toda vez durante el tiempo que canceló la póliza estuvo asegurado.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS022/73
184811275
Anexo lo enunciado.