El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-119568 expedida el 15/06/2022, dirigido al (la) señor(a) SANDRA MILENA PICO CASADIEGOS, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 30/06/2022 y será desfijado el día 8/07/2022, a las 4:30 p.m., así: ***************************************************************************
Rad No.: 22-240-119568
Barranquilla, 15/06/2022
Señor(a)
SANDRA MILENA PICO CASADIEGOS
Calle 23 No. 4I – 29 Apartamento 202
Valledupar
Contrato: 66254104
Asunto: Terminación Contrato de Seguro – Crédito Brilla
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 10 de junio de 2022, radicada bajo el No. 22-002752, relativa al seguro SEGURO PROEXEQUIAL.S.A. cobrado en la facturación del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 23 No. 4I – 29 Apartamento 202 de Valledupar, le informamos que, de acuerdo con su solicitud, GASCARIBE S.A. E.S.P., dio por terminado el contrato del Seguro, el día 14 de junio de 2022, motivo por el cual, no se continuará cobrando dicho concepto.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS017/73
187505687