El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-135952 expedida el 27/09/2022, dirigido al (la) señor(a) ORLANDO GALEANO COTES, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 12/10/2022 y será desfijado el día 20/10/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-135952
Barranquilla, 27/09/2022
Señor(a)
ORLANDO GALEANO COTES
Diagonal 20 No. 26 – 35
doctororlandogaleano@hotmail.com
Valledupar
Contrato: 66256527
Asunto: Verificación de Instalación
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 8 de septiembre de 2022, radicada bajo el No. 22-004351, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Diagonal 20 No. 26 – 35 Apartamento 204 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Con ocasión a su comunicación, el día 9 de septiembre de 2022, enviamos al inmueble en comento a uno de nuestros funcionarios, el cual, constató que, presenta fuga en la instalación interna.
De acuerdo con lo anterior, se hizo necesario efectuar, cambio de regulador con fuga en venteo, se repara tubería interna partida en tramo de labores, se instala tapón 12 galvanizado en punto de consumo.
Es importante señalar que, dicha reparación tuvo un costo total de $ 192. 851.00, que fue financiado para cancelarse a un plazo 48 cuotas, a través de la facturación del servicio de gas natural, tal y como detallamos a continuación:

Cabe señalar que, al realizar los citados trabajos, el servicio de gas natural del inmueble en comento quedó funcionando correctamente.
Con respecto a lo indicado por usted, en cuanto al dinero que le solicitó el operario encargado del proceso de mantenimiento, le señalamos que, dichos contratistas no están autorizados para recibir dinero. Sin embargo, GASCARIBE S.A. E.S.P., realizará las verificaciones necesarias con el fin de evitar que estas situaciones se presenten.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS001/73
190977365