El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-100072 expedida el 03/01/2022, dirigido al (la) señor(a) MAIRESOL ROQUE BELTRAN, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 17/01/2022 y será desfijado el día 24/01/2022, a las 4:30 p.m., así:

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Rad No.:  22-240-100072

Barranquilla, 03/01/2022

Señor(a)

MAIRESOL ROQUE BELTRAN

ROQUE1999X@GMAIL.COM

URB. NANDO MARIN MZ 15 TORRE H APTO 501

VALLEDUPAR

                                                                                        Contrato: 66259312

Asunto: Solicitud de información de Seguro Factura Protegida

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 17 de diciembre de 2021, radicada bajo el No. 21-005391, relativa al seguro de factura protegida, cobrado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la URB. NANDO MARIN MZ 15 TORRE H APTO 501 de Valledupar, nos permitimos realizar los siguientes respetuosos comentarios:

Con ocasión a su solicitud, verificamos nuestra base de datos y constatamos que, la póliza fue adquirida voluntariamente por MAIRESOL ROQUE BELTRAN (quien registra como suscriptor del servicio), mediante una televenta o llamada telefónica, la cual cubre al asegurado, en caso presentar una incapacidad mayor a 15 días, o por incapacidades superiores a 104 días y Auxilio por Muerte Accidental del Asegurado. (Adjuntamos condicionado del mencionado seguro)

Así las cosas, seguro factura protegida no cubre en caso de desempleo.

No obstante, GASCARIBE S.A. E.S.P., envío su solicitud a la empresa aseguradora Cardif para su trámite.

Una vez corroborada dicha información por parte de la empresa aseguradora, esta se estará comunicando con usted.

Es importante indicarle que, quien puede responder si las condiciones para la reclamación se dan en este caso, es la Aseguradora de Cardif, por ser dicha entidad la responsable de las políticas aplicadas.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB018 DMG/73

181242416

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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