El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-101779 expedida el 25/01/2022, dirigido al (la) señor(a) JOSE ROMERO GAMEZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 08/02/2022 y será desfijado el día 15/02/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-101779

Barranquilla, 25/01/2022

Señor(a)

ROMERO GAMEZ JOSE

Diagonal 18D No. 22 – 51

Valledupar

Contrato: 66271566

Asunto: cancelación de póliza de seguro.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 12 de enero de 2022 radicada bajo el No. 22-000161, relativa al Seguro PROEXEQUIAL cobrado en la facturación del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 33 No. 27-30 APTO 101 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:

Verificado nuestro sistema comercial evidenciamos que, bajo el contrato en comento solo se esta facturando el seguro PROEXEQUIAL.

Ahora bien, referente a su solicitud de cancelación de seguros le informamos que, ésta pasa por un proceso de verificación por parte de la aseguradora responsable, quien es la entidad encargada de tramitar dicha solicitud.  Para este caso un funcionario se comunicó con el usuario y confirmó el desistimiento de la solicitud de cancelación, por lo tanto, GASES DEL CARIBE S.A E.S.P., confirma la continuidad del seguro y los valores facturados por concepto del mismo.

Referente a su petición que no se le cobren seguros en el citado servicio, le informamos lo siguiente:

  • En cuanto a la adquisición de Seguros le comunicamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.
  • Para la adquisición de dichos seguros, el usuario es quien le suministra sus datos al asesor de la aseguradora y firma voluntariamente la póliza para llevar a cabo el proceso de afiliación, por lo que se le da la opción libre y espontánea al usuario de adquirir dichos seguros y en el momento que requiere la anulación sólo es que el usuario lo indique y se procede a anular.
  • Por lo anterior, queda claro que, el cobro de seguros depende expresamente de la decisión de los usuarios en adquirir o no, los beneficios de una póliza de seguro.

Así mismo le informamos que, el Seguro, no infringe disposición legal alguna, como tampoco perjudican la prestación del servicio público de gas natural[1]. Dichos textos obedecen a una política comercial autónoma de la empresa, la cual no afecta derechos de terceros, toda vez que el seguro se trata de un producto dirigido a nuestros usuarios y en nada repercute con el estado de cuenta del servicio de gas natural.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

AIB018 /73

182130333


[1]En tal sentido, el artículo 148 de la Ley 142 de 1994, establece: “Los requisitos de las formales de las facturas serán lo que determine las condiciones uniformes del contrato, pero contendrán, como mínimo, información suficiente para que el suscriptor o usuario pueda establecer con facilidad si la empresa se ciño a la ley y al contrato al elaborarlas, como se determinaron y valoraron sus consumos, como se comparan estos y sus precio con los periodos anteriores, el plazo y modo en el que debe hacerse el pago.”

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

linea de atención
Paga con P S E