El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-133357 expedida el 13/09/2022, dirigido al (la) señor(a) LUZ ANGELA MORENO DEL PORTILLO / PERSONERIA DE VALLEDUPAR, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 26/09/2022 y será desfijado el día 03/10/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-133357

Barranquilla, 13/09/2022  

Señor(a)

LUZ ANGELA MORENO DEL PORTILLO

Personera Auxiliar

PERSONERIA DE VALLEDUPAR

info@personeriavalledupar.gov.co

Calle 14 No. 6 – 44

Valledupar

                                                                                                           Contrato: 66276403

Asunto: Confirmación de comunicación. 

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 24 de agosto de 2022, radicada bajo el No. 22-004024, relativa a las peticiones y reclamos ingresados en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 5C No. 39 – 33 Apartamento 101 de Valledupar nos permitimos hacerles los siguientes respetuosos comentarios:

El día 29 de julio de 2022, la señora LUZ ANGELA MORENO DEL PORTILLO, presentó en nuestras oficinas de Atención a Usuarios un derecho de petición que versa sobre los mismos hechos (información sobre las peticiones y reclamos ingresados), del derecho de petición presentado por usted el día 24 de agosto de 2022.

Al respecto, es importante indicarle que el derecho de petición presentado el día 29 de julio de 2022 fue respondido oportunamente mediante nuestra comunicación No. 22-240-128704 del 18 de agosto de 2022 la cual, se encontraba en trámite de notificación al momento de presentar la petición el día 24 de agosto del 2022.

De acuerdo con todo lo anterior, le indicamos que el derecho de petición presentado el día 24 de agosto de 2022, relativo a las peticiones y reclamos, fue resuelto a través de la comunicación No. 22-240-128704 del 18 de agosto de 2022, que se encontraba en proceso de notificación, por lo que, GASCARIBE S.A. E.S.P., reitera lo expresado en nuestra comunicación No. 22-240-128704 del 18 de agosto de 2022.

Todo lo anterior, en concordancia con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas: (…) Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores”.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS002/73

190289098

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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