El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-129199 expedida el 22/08/2022, dirigido al (la) señor(a) JOHN JADER INFANTE OSPINO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 5/09/2022 y será desfijado el día 13/09/2022, a las 4:30 p.m., así:

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Rad No.:  22-240-129199

Barranquilla, 22/08/2022  

Señor(a)

JOHN JADER INFANTE OSPINO

Calle 71 No. 27A – 46

Valledupar

                                                                                        Contrato: 66280949

Asunto: Contrato de Seguro – Crédito Brilla

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 12 de agosto de 2022, radicada bajo los No. 22-003845, relativa al Seguro PROEXEQUIAL S.A.S., cobrado en la facturación del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 71 No. 27A – 46 de Valledupar, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.

Para la adquisición de los seguros ofrecidos por La Empresa, se requiere que el usuario suministre sus datos y su autorización al asesor de la compañía aseguradora. De acuerdo con lo anterior, le indicamos que, el seguro cobrado a través de la facturación del servicio de gas natural del inmueble en comento fue tomado de manera voluntaria y para su afiliación es obligatorio la firma de un habitante del inmueble mayor de 18 años.

No obstante, teniendo en cuenta su solicitud, GASCARIBE S.A. E.S.P., dio por terminado el contrato del Seguro, el día 22 de agosto de 2022, motivo por el cual, no se continuará cobrando dicho concepto.

Ahora bien, nos permitimos informarle que de acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 relativa a la protección de datos personales, para poder brindar información de quien adquirió el seguro, es necesario que la solicitud sea presentada por el asegurado aportando la copia de la cedula de ciudadanía Legible.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS017/73

189868950

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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