El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-119080 expedida el 10/06/2022, dirigido al (la) señor(a) NIDIAN NUÑEZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 30/06/2022 y será desfijado el día 8/07/2022, a las 4:30 p.m., así:

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Rad No. 22-240-119080

Barranquilla, 10/06/2022

Señor(a)

NIDIAN NUÑEZ

Urb. La Primavera Etapa II Manzana M Casa 12

Valledupar

                                                                                                           Contrato: 66302760

Asunto: Verificación de Facturación.

En respuesta a su comunicación verbal recibida en nuestras oficinas el día 20 de mayo de 2022, radicada bajo el No. Interacción 186737441, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Urb. La Primavera Etapa II Manzana M Casa 12 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:

Realizadas las validaciones pertinentes, se constató que al momento de presentar su comunicación la última factura generada corresponde al periodo de mayo de 2022, y teniendo en cuenta que su inconformidad versa sobre el consumo, solo nos pronunciaremos al respecto.

Verificada la facturación No. 2098445817, se determinó que debido a un error en la toma de la lectura registrada por el medidor, en el mes de mayo de 2022, de los 20 metros cúbicos cobrados, se facturaron 9 metros cúbicos de más, los cuales, no han sido registrados por el medidor tal como se pudo constatar en visita técnica realizada el día 24 de mayo de 2022.

Por ello, se descontó en la facturación del servicio, el valor de $11.568.oo, por concepto de consumo correspondiente a los 9 metros cúbicos,cobrados de más en la facturación del mes de mayo de 2022. Así mismo, se corrigió la lectura real del medidor No. K-3162345-15, en nuestra base de datos.

Ofrecemos disculpas por los inconvenientes ocasionados y reiteramos nuestros deseos de brindar un buen servicio.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Contra la presente decisión proceden los recursos de Reposición y en subsidio el de Apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS014/73

186737441

Si necesita reportar algún escape de gas, por favor llame de inmediato al 164 o al 018000915334.

Para consultas y/o solicitudes comuníquese con la línea +57 (605) 3227000 desde teléfono fijo o celular.

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