El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-115921 expedida el 17/05/2022, dirigido al (la) señor(a) ELIS YOHANNA QUINTERO GARIZA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 2/06/2022 y será desfijado el día 9/06/2022, a las 4:30 p.m., así:
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Rad No.: 22-240-115921
Barranquilla, 17/05/2022
Señor(a)
ELIS YOHANNA QUINTERO GARIZA
Carrera 40 No. 5H – 23
Valledupar
Contrato: 66375094
Asunto: Verificación de Facturación.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 2 de mayo de 2022, radicada bajo el No. 22-001994, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en Carrera 40 No. 5H – 23 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Verificada la facturación No. 2095672999 y 2096908798, se determinó que, debido a un error en la toma de la lectura registrada por el medidor, en el mes de marzo y abril de 2022, de los 59 y 34 metros cúbicos cobrados, respectivamente, se facturaron 27 metros cúbicosde más en el mes de marzo de 2022, los cuales, no han sido registrados por el medidor tal como se pudo constatar en visita técnica realizada el día 4 de mayo de 2022 y 1 metro sin cobrar correspondiente al mes de abril de 2022.
Por ello, se descontó en la facturación del servicio, el valor de $62.613,oo, por concepto de consumo correspondiente a los 27 metros cúbicos,cobrados de más en la facturación del mes de marzo de 2022. Así mismo, se cobró en la facturación del servicio, el valor de $2.212,oo, por concepto de consumo correspondiente a 1 metro cúbico, sin cobrar en la facturación del mes de abril de 2022. Así mismo, se corrigió la lectura real del medidor No. K-3134215-15, en nuestra base de datos.
Ofrecemos disculpas por los inconvenientes ocasionados y reiteramos nuestros deseos de brindar un buen servicio.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Contra la presente decisión proceden los recursos de Reposición y en subsidio el de Apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS007 JC/73
186018521