El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-138336 expedida el14/09/2021, dirigido al (la) señor(a) ELIS JUDITH GUZMAN NUÑEZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 05/10/2021, y será desfijado el día 12/10/2021, a las 4:30 p.m., así:
Rad No.: 21-240-138336
Barranquilla, 14/09/2021
Señor(a)
ELIS JUDITH GUZMAN NUÑEZ
Calle 4B No. 1B – 12
El Difícil
Contrato: 66426449
Asunto: Solicitud de Información del Seguro
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 03 de septiembre de 2021, radicada bajo el No. ELD-21-000129, relativa al Seguro facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la calle 4B No. 1B – 12 del Difícil, nos permitimos realizar los siguientes respetuosos comentarios:
Para el caso en mención, se están facturando dos (2) seguros de vida Paz y Salvo de Liberty Seguros S.A., y un seguro factura protegida-Crédito Brilla, tal como señalamos a continuación.
Con relación a los seguros de vida Paz y Salvo, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.
Para la adquisición de dichos seguros, el usuario suministra sus datos al asesor de la aseguradora, y firma voluntariamente la póliza para llevar a cabo el proceso de afiliación, por lo que se le da la opción libre y espontánea al usuario de adquirir dicho seguro.
Para el caso en mención, la señora ELIS JUDITH GUZMAN NUÑEZ, fue la persona que voluntariamente adquirió los seguros en el servicio de gas natural del predio en comento.
Revisado nuestro sistema comercial se constató que el día 10 de septiembre de 2021, un funcionario adscrito a la empresa aseguradora se comunicó con el usuario realizando la retención de los seguros. Por todo lo anterior GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P., confirma los valores facturados por concepto de los citados seguros.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB020 M.A.A/73
177338458