El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 21-240-143564 expedida el 21/10/2021, dirigido al (la) señor(a) NERIS MARIA SEVILLA GUTIERREZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 09/11/2021, y será desfijado el día 17/11/2021, a las 4:30 p.m., así:
Rad No.: 21-240-143564
Barranquilla, 21/10/2021
Señor(a)
NERIS MARIA SEVILLA GUTIERREZ
Carrera 6 No. 6 – 15 Sevillano
Ciénaga
Contrato: 66801866
Asunto: Solicitud de Información Crédito Brilla.
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 12 de octubre de 2021, radicada bajo el No. CG21-001280, referente al crédito brilla, facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la de Sevillano (Ciénaga), nos permitimos informarle que, el beneficiario que desea hacer efectivo el crédito debe cumplir con los términos y condiciones establecidos por la empresa.
Entre los principales requisitos, se establece que se puede otorgar crédito Brilla a quien figure como suscriptor del servicio, propietario o usuario, para lo cual debe aportar las dos últimas facturas originales del servicio, situación que efectivamente se dio al momento de realizar el contrato para el Crédito Brilla.
Los créditos que se asignen a los inmuebles cuentan con un codeudor que respalde la deuda, para que, en caso de que el usuario cambie de vivienda esta deuda se trasladará al codeudor, si no es posible ubicar al deudor del crédito.
Para el caso en mención, el crédito fue adquirido el día 15 de enero de 2020, por la Señora NERIS MARIA SEVILLA GUTIERREZINO, como deudor, quien autorizó el cobro del mencionado crédito en la facturación del servicio de gas natural, a través del cual adquirió un TELEVISOR, NEVERA Y AIRE ACONDICONADO, por valor de $2.989.200, pactado a 24 cuotas, y la codeudora del citado crédito fue la señora ALVENIS MARIA PEREZ SEVILLA, tal como consta en la solicitud de crédito anexa a esta comunicación.
Ahora bien, de dicho crédito se han cobrado 20 cuotas y se han cancelado 20 cuotas, quedando 4 cuotas pendientes por cancelar.
Cabe anotar que, a la fecha, el mencionado crédito, tiene una cuota pendiente por cancelar correspondiente al mes de octubre de 2021, por valor de $159.319, más un saldo diferido pendiente por facturar por valor de $458.600.
Por todo lo anterior, GASCARIBE S.A. E.S.P., confirma los valores facturados por concepto del citado crédito Brilla.
Cabe resaltar que, el inmueble no es solidario con la deuda del Crédito Brilla, por lo que tal y como se aprecia claramente en la factura del servicio de gas natural, el valor de las cuotas derivadas de tales créditos se totaliza por separado del servicio público respectivo, de modo que quede claramente expresado cada concepto.
En el evento que requiera pagar por separado el valor del servicio público, de conformidad con lo señalado en el inciso tercero del artículo primero del decreto 828 de 2007, lo invitamos a comunicarse con nuestro Call Center marcando (605)3227000 y/o a través de nuestro Chat en la página web www.portal.gascaribe.com, con el fin que se le facilite una nueva factura correspondiente al valor del servicio público.
Es importante resaltar que, La Empresa sólo suspende el servicio por el incumplimiento del pago de los valores correspondientes al servicio público de gas natural y no por las cuotas del Crédito Brilla.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
AIB018 DMG/73
178774343
ANEXOS: LO ENUNCIADO