El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-124921 expedida el 26/07/2022, dirigido al (la) señor(a) NARLIS QUINTERO LOPEZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 8/08/2022 y será desfijado el día 16/08/2022, a las 4:30 p.m., así: *********************************************************************************
Rad No.: 22-240-124921
Barranquilla, 26/07/2022
Señor(a)
NARLIS QUINTERO LOPEZ
Urbanización Villa Catalina IV Manzana 1 Casa 15
Valledupar
Contrato: 66950312
Asunto: Inmueble desocupado
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 15 de julio del 2022, radicada bajo el No. 22-003320, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Urbanización Villa Catalina IV Manzana 1 Casa 15 de Valledupar, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., no cobrará consumo de gas natural en el inmueble en comento, mientras el medidor no lo registre. Si de un período a otro hay diferencia de lecturas, la empresa le cobrará lo correspondiente a esa diferencia.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS024/73
188805141