El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-112969 expedida el 26/04/2022, dirigido al (la) señor(a) AIDEE CRISTINA BULA RAMIREZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 9/05/2022 y será desfijado el día 16/05/2022, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No.: 22-240-112969
Barranquilla, 26/04/2022
Señor(a)
AIDEE CRISTINA BULA RAMIREZ
Calle 3 No. 1S – 0 Torre E Apartamento 202
La Paz, Cesar
Contrato: 66959327
Asunto: Solicitud Cambio de Nombre
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 4 de abril de 2022, radicada bajo el N° LP 22-000074, relativa a la solicitud de cambio de nombre del suscriptor del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Calle 3 No. 1S – 0 Torre E Apartamento 202 de la Paz (Cesar), dirección con la cual se encuentra registrado el mencionado servicio en nuestro sistema comercial, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Una vez revisados los documentos aportados por usted, constatamos que el certificado de tradición y libertad aportado acredita la propiedad en sobre un predio marcado como: Transversal 3A Oeste No. 6 – 44 Torre E Piso 2 Apartamento 202, y así mismo en el certificado de estratificación acredita la propiedad sobre un predio marcado como: Transversal 3A Oeste 6 – 44 Torre E Apartamento 202.
Que, debido a las inconsistencias presentadas entre la nomenclatura anotada en la facturación del servicio y la dirección señalada en los documentos aportado por usted, GASCARIBE S.A. E.S.P., realizó las verificaciones pertinentes, encontrando que la nomenclatura instalada en el inmueble es: Calle 3 No. 1S – 0 Torre E Apartamento 202 de la Paz.
Así las cosas, le sugerimos acercarse a las oficinas de Planeación, con el fin de que valide la nomenclatura de su vivienda, y si es el caso, se actualice el certificado que nos aportó.
De acuerdo con lo anterior, no es factible para GASCARIBE S.A. E.S.P., darle trámite a su petición, hasta tanto nos aporte el certificado nomenclatura con la dirección que le corresponde al inmueble en comento, y el certificado de tradición y libertad, con vigencia no mayor a 30 días de expedición y que debe contener la dirección según su ubicación en terreno.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS023/73
185135820